En las órdenes del Toisón de Oro, Carlos III, Isabel la Católica y Mérito Civil las insignias del Collar son propiedad de la Orden. Por ello los herederos, sucesores o testamentarios quedan obligados a devolverlas a las cancillerías respectivas, al fallecer los condecorados. Así se indica por ejemplo en las Constituciones de la Insigne Orden del Toisón de Oro, de 27 de noviembre de 1431: Queremos asimismo y establecemos, que cuando fallezca algún Caballero, sus herederos y sucesores en el termino de tres meses siguientes a su fallecimiento entreguen o remitan al Tesorero de la Orden el collar que recibió el tal Caballero al tiempo de ser admitido, y se les de por el mismo Tesorero un recibo para su resguardo, con lo cual serán descargados, y no de otra manera. Tras el fallecimiento el 8 de septiembre de 2022, de Isabel II, Reina del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, el Toisón que le fue concedido en 1989, debería ser devuelto. Imagino, no obstante, que le ...
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