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domingo, 30 de octubre de 2022

¿Sabías que ...? (I)

En las órdenes del Toisón de Oro, Carlos III, Isabel la Católica y Mérito Civil las insignias del Collar son propiedad de la Orden.
Por ello los herederos, sucesores o testamentarios quedan obligados a devolverlas a las cancillerías respectivas, al fallecer los condecorados.
Así se indica por ejemplo en las Constituciones de la Insigne Orden del Toisón de Oro, de 27 de noviembre de 1431:
Queremos asimismo y establecemos, que cuando fallezca algún Caballero, sus herederos y sucesores en el termino de tres meses siguientes a su fallecimiento entreguen o remitan al Tesorero de la Orden el collar que recibió el tal Caballero al tiempo de ser admitido, y se les de por el mismo Tesorero un recibo para su resguardo, con lo cual serán descargados, y no de otra manera.
Tras el fallecimiento el 8 de septiembre de 2022, de Isabel II, Reina del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, el Toisón que le fue concedido en 1989, debería ser devuelto. Imagino, no obstante, que le será concecido igualmente al nuevo Rey Carlos III.
Para la Orden de Carlos III, el Real decreto 1051/2002, de 11 de octubre indica en su Artículo 12. Devolución de las insignias, lo siguiente:
1. Al fallecimiento de los condecorados con el grado de Collar, sus herederos quedan obligados a la devolución de las insignias a la Cancillería de la Orden. Dicha devolución será realizada a través de las Representaciones Diplomáticas u Oficinas Consulares españolas en el exterior, si los familiares residieran fuera de España. La Cancillería de la Orden expedirá el correspondiente documento que acredite dicha devolución.
2. El fallecimiento de los condecorados con los restantes grados no obliga a sus herederos a la devolución de las insignias, aunque el óbito deberá ser comunicado a la Cancillería de la Orden por el mismo procedimiento señalado en el apartado anterior, para su constancia.
Algo similar a lo que se indica en el Atículo 11 del Real decreto 2395/1998, de 6 de noviembre, que aprueba el reglamento de la Orden de Isabel la Católica:
1. Al fallecimiento de los condecorados con el grado de Collar, sus herederos quedan obligados a la puntual devolución de las insignias a la Cancillería de la Orden. Dicha devolución será realizada a través de las representaciones diplomáticas u oficinas consulares españolas en el exterior, si los familiares residieran fuera de España. La Cancillería de la Orden expedirá el correspondiente documento que acredite dicha devolución.
2. El fallecimiento de los condecorados con los restantes grados, no obliga a sus herederos a la devolución de las insignias, aunque el óbito deberá ser comunicado a la Cancillería de la Orden por el mismo procedimiento señalado anteriormente, para su debida constancia.
Repitiéndose en el Artículo 12 del Real decreto 2396/1998, de 6 de noviembre, por el que se aprueba el reglamento de la Orden del Mérito Civil:
1. Al fallecimiento de los condecorados con el grado de Collar, sus herederos quedan obligados a la puntual devolución de las insignias a la Cancillería de la Orden. Dicha devolución será realizada a través de las Representaciones Diplomáticas u Oficinas Consulares españolas en el exterior, si los familiares residieran fuera de España. La Cancillería de la Orden expedirá el correspondiente documento, que acredite dicha devolución.
2. El fallecimiento de los condecorados con los restantes grados, no obliga a los herederos a la devolución de las insignias, aunque el óbito deberá ser comunicado a la Cancillería de la Orden por el mismo procedimiento señalado anteriormente, para su debida constancia.
Collar de la Orden del Mérito Civil, cortesía de Condecoralia Artesanos

viernes, 28 de octubre de 2022

Condecoraciones que no fueron (Medalla de Santa Marta)

Otras entradas de este blog incluirán informaciones sobre condecoraciones propuestas y que aparentemente no llegaron a regularse y concederse.
Si alguno de los lectores tiene mayor información, o quien sabe, alguna pieza real de estas, estaré encantando de corregir o complementar lo aquí expuesto.

El Archivo General de Indias (AGI) en la signatura MP-MONEDAS,20, incluye el diseño de una medalla por méritos contraidos entre 1813 y 1815, de Santa Marta.
Se trata de una medalla ovalada que en el centro del anverso lleva una alegoría y en la bordura la inscripción POR FERNANDO 7º. CONSTANCIA. Alrededor una orla de eslabones.
El centro del reverso lleva la inscripción en seis líneas EN CAR- / TAGENA / DE INDIAS / 1813 / 1814 / 1815.
Pendiente de cinta estrecha formando lazo, sin poder determinar exactamente los colores
Sin digitalizar

jueves, 27 de octubre de 2022

Bibliografía (II)

Los derechos de autor de los objetos digitales de diversas instituciones archivísticas y museísticas han pasado a dominio público, por lo que varios de los que se relacionan pueden encontrarse para su descarga libre y gratuita.
Colecciones legislativas

Gaceta de Madrid, 1808-1814.

Gazeta ministerial de Sevilla, 1808-1809.

Gaceta de la regencia de España e Indias, 1810-1814.

Apéndice a los tomos I, II, III y IV de la obra Decretos del Rey D. Fernando VII, 1814-1817.

Decretos del Rey don Fernando VII, 1814-1823.

Decretos del Rey nuestro Señor don Fernando VII, y reales ordenes, resoluciones y reglamentos generales expedidos por las secretarías del despacho universal y consejos de S. M., 1824-1833.

Decretos de la Reina nuestra Señora doña Isabel II, dados en su real nombre por su augusta madre la Reina Gobernadora, y reales ordenes, resoluciones y reglamentos generales expedidos por las secretarías del despacho universal, 1834-1836.

Boletín oficial de la zona de influencia española en Marruecos. 1913-1918.

Boletín oficial de la zona de Protectorado español en Marruecos. Año VI, n. 23 (10 dic. 1918)-n. 14 (6 abr. 1956).

Boletín oficial de la zona norte de Marruecos. Año XLIV, n. 15 (13 abr. 1956).

Boletín oficial de los Territorios Españoles del Golfo de Guinea.

Colección de las leyes, decretos y declaraciones de las cortes y de los reales decretos, órdenes, resoluciones y reglamentos generales expedidos por las secretarias del despacho, 1837-1842.

Colección de las leyes, decretos y declaraciones de las cortes, y de los reales decretos, órdenes, resoluciones y reglamentos generales expedidos por los respectivos ministerios, 1843-1845.

Colección de las leyes, reales decretos, órdenes, reglamentos, circulares y resoluciones generales espedidas por el Ministerio de la Guerra. 1839-1846.

Colección legislativa de España, 1846-1890.

Colección legislativa de España. Legislación y disposiciones de la administración central, 1891-1897.

Colección legislativa de España. Legislación y disposiciones de la administración central, 1898-1933.

miércoles, 26 de octubre de 2022

Orden civil de África

Siguiendo con el "calendario" de aniversarios de varias órdenes y medallas, tal día como hoy, 26 de octubre, se cumplen 89 años de la creación, en 1933, de la Orden Civil de África destinada a "premiar los méritos que contraigan los ciudadanos de uno y otro sexo en el ejercicio de las actividades beneficiosas para el interés público en la zona española de Protectorado en Marruecos, en los territorios coloniales de África y, en general, en el continente africano".
Constaba de los siguientes grados: Banda, Placa, Encomienda, insignia de Oficial, insignia de Caballero, Medalla de plata y Medalla de bronce.
Las insignias debían simbolizar a la metrópoli, a las colonias españolas y a la zona española de Protectorado en Marruecos.
La banda como una cinta de seda de colores morado y verde, por mitad, uniendo los extremos de dicha banda un lazo de la misma clase de cinta, del que pendía la venera de la Orden, formada por una circunferencia de esmalte blanco, rematada en la parte superior por la corona mural de oro; como fondo, y sobre ópalo, unas hojas de pita y sujetas por un lazo de esmalte morado en la parte inferior del mismo, hojas verdes de nipa, y entre éstas y aquéllas irá una reducción del escudo nacional. Por bajo del lazo de esmalte morado irá una media luna plateada.
La placa como la venera anterior, sobre una estrella de ocho puntas con ráfagas de plata.
La encomienda, la venera pendiente del cuello por una cinta de los colores señalados. Los oficiales y caballeros una insignia pendiente un pasador con los colores citados. En los oficiales la insignia será de oro y en los caballeros de plata.
Las medallas son de plata y de bronce, llevando en relieve la venera descrita.
Tras la Guerra Civil queda unos años sin otorgarse, hasta que el 11 de febrero de 1950 se modifica el reglamento, y se destina a premiar los méritos contraídos por el personal civil o militar, metropolitano o indígena, en el ejercicio de las actividades beneficiosas para el interés público en el continente africano.
Estableciéndose las siguientes categorías: Gran Oficial, Comendador con Placa, Comendador, Oficial y Medalla de Plata.
Se modifica igualmente el diseño adaptando las insignias a la nueva heráldica del estado
La insignia de Gran Oficial estaba constituida por banda y placa. La banda de color verde, con perfiles rojos, colocados cerca de ambos bordes, cuyos extremos se unen con un lazo, del que pende la venera de la Orden, formada por un aro dorado rematado en la parte superior por una anilla para colgarla del lazo que une los extremos de la banda; como fondo y sobre el ópalo irán unas hojas de pita, y en la parte inferior y unidas por un lazo de esmalte rojo, otras hojas verdes de nipa; entre unas y otras llevará una reducción del escudo nacional, y debajo del lazo, una media luna plateada que apoyará sus extremos en los del lazo.
La placa, de los Caballeros Gran Oficial se llevaba en el lado izquierdo del pecho, y era la venera pero con el aro de esmalte blanco en lugar de dorado sobre una estrella de ocho puntas de ráfagas de oro.
La de Comendador con Placa era la venera igual pendiente de una cinta en el cuello, y de una placa, con la venera sobre una estrella de ocho puntas de ráfagas de plata, que se llevaba en el lado izquierdo del pecho.
Insignia de Comendador. Igual a la anterior, pero sin placa.
Insignia de Oficial. Venera pendiente de un pasador mediante una cinta con los colores de la banda, que se ostentará en el lado izquierdo del pecho.
La Medalla plata, llevaría en relieve la venera descrita pendiente de un pasador por medio de una cinta de idénticas características a la insignia de Oficial.
Casi un año después se asimilan los grados antiguos a los nuevos: Banda, corresponde a Caballero Gran Oficial; Placa, a Caballero Comendador con Placa; Encomienda, a Caballero Comendador; Oficial, a Caballero Oficial, y Medalla de Plata, a Caballero Medalla de Plata.

En el periodo republicano las concesiones no parecen guardar una periodicidad u ocasión para ello. Desde 1950, las concesiones tenían lugar habitualmente en las festividades del 6 de enero (Pascua Militar), 1 de abril (aniversario del fin de la guerra civil), 18 de julio (aniversario del Alzamiento) y 1 de octubre (aniversario de la exaltación de Franco a la Jefatura del Estado). Desde 1975 estas concesiones se realizaron los días 6 de enero y 24 de junio (Santo del rey Juan Carlos –entonces Príncipe–) de cada año.
Revisando los registros, es habitual encontrar personalidades marroquíes, saharauis y guineanas, además por supuesto de ciudadanos españoles.
Esta orden no está formalmente derogada, pero desde el 24 de junio de 1977 no se han producido concesiones. Se elaboró una amplia propuesta extraordinaria de unas 600 personas, con motivo de la evacuación de Sahara, que finalmente no se resolvió.
Sería una buena opción recuperar la orden para premiar los mismos servicios, por lo que habría que confeccionarse nuevos diplomas actualizados donde figurara como gran maestre el Rey, por su condición de Jefe de Estado.
Insignias de la Orden 1933-1939 y desde 1950

sábado, 22 de octubre de 2022

Ley 20/2022, de Memoria Democrática

Ley 20/2022, de 19 de octubre, de Memoria Democrática
Se traslada solo lo que está relacionado con las condecoraciones
Sección 2.ª Distinciones, condecoraciones y títulos
Artículo 40. Revisión de reconocimientos, honores y distinciones.
Las administraciones públicas, en el ejercicio de sus competencias y con arreglo a los correspondientes procedimientos, adoptarán las medidas oportunas para revisar de oficio o retirar la concesión de reconocimientos, honores y distinciones anteriores a la entrada en vigor de esta ley que resulten manifiestamente incompatibles con los valores democráticos y los derechos y libertades fundamentales, que comporten exaltación o enaltecimiento de la sublevación militar, la Guerra o la Dictadura o que hubieran sido concedidas con motivo de haber formado parte del aparato de represión de la dictadura franquista.
Artículo 41. Supresión de títulos nobiliarios.
[...]
2. Queda suprimida la Orden Imperial del Yugo y las Flechas.
Artículo 42. Revisión y revocación de condecoraciones y recompensas.
1. Las condecoraciones y recompensas concedidas con anterioridad a la entrada en vigor de esta ley, podrán revisarse cuando quede acreditado que el beneficiario, antes o después de la concesión, con motivo de haber formado parte del aparato de represión de la dictadura franquista, hubiera realizado actos u observado conductas manifiestamente incompatibles con los valores democráticos y los principios rectores de protección de los derechos humanos, así como con los requisitos para su concesión.
2. Dichos actos o conductas podrán resultar de sentencia penal firme, de diligencias judiciales, de la Fiscalía o policiales, de la imposición de sanción disciplinaria firme o de cualquier otro medio de prueba admisible en derecho.
3. La revocación de las recompensas concedidas antes de la entrada en vigor de esta ley exigirá la tramitación de un procedimiento contradictorio, que solo podrá iniciarse de oficio y a iniciativa del titular del departamento competente, y se instruirá y resolverá por los órganos competentes para tramitar los procedimientos de concesión.
4. La revisión y revocación también podrá llevarse a cabo a título póstumo cuando la persona condecorada ya hubiera fallecido. En todo caso, la retirada determinará la pérdida de todos los derechos anejos a la recompensa, incluso los económicos, y producirá efectos a partir de la notificación de la resolución que la declare.
Disposición adicional tercera. Revisión y revocación de las recompensas previstas en la Ley 5/1964, de 29 de abril, sobre condecoraciones policiales, y de la Ley 19/1976, de 29 de mayo, sobre creación de la Orden del Mérito del Cuerpo de la Guardia Civil.
1. El Consejo de Ministros o, en su caso, el Ministro del Interior podrán revisar de oficio o revocar las resoluciones de concesión de las recompensas otorgadas para premiar los hechos o servicios meritorios realizados o prestados tanto por personas físicas como por personas jurídicas al amparo de la Ley 5/1964, de 29 de abril, sobre condecoraciones policiales, y de la Ley 19/1976, de 29 de mayo, sobre creación de la Orden del Mérito del Cuerpo de la Guardia Civil.
La revisión de oficio y la revocación a las que se refiere esta disposición adicional serán aplicables a las resoluciones de concesión de recompensas anteriores a la entrada en vigor de esta ley.
2. Las resoluciones de concesión serán revisables de oficio cuando incurran en cualquiera de las causas de nulidad de pleno derecho o de anulabilidad previstas en los artículos 47.1 y 48.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. El procedimiento para la declaración de nulidad, o para la declaración de lesividad a efectos de su posterior impugnación ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo será, respectivamente, el regulado en los artículos 106 y 107 de la mencionada ley.
3. Asimismo, las resoluciones de concesión podrán revocarse cuando, con posterioridad a las mismas, dejen de concurrir en la persona o entidad las circunstancias personales o profesionales que en su momento fueron determinantes de la concesión de la recompensa. Igualmente podrán revocarse cuando quede acreditada la realización por el beneficiario, antes o después de la concesión, de actos manifiestamente incompatibles con el ingreso o la permanencia en la Orden del Mérito Policial o en la Orden del Mérito de la Guardia Civil.
Los actos manifiestamente incompatibles con el ingreso o la permanencia en las mencionadas órdenes podrán resultar de sentencia penal firme, de diligencias judiciales, de la Fiscalía o policiales, de la imposición de sanción disciplinaria firme o de cualquier otro medio de prueba admisible en derecho.
4. La revisión de oficio y la revocación de las resoluciones de concesión de recompensas exigirán la tramitación de un procedimiento contradictorio que solo podrá iniciarse de oficio y a iniciativa del Ministerio del Interior, y se instruirá y resolverá por los órganos competentes para tramitar los procedimientos de concesión.
La declaración de nulidad, la anulación y la revocación de las resoluciones por las que se concedieron las recompensas determinará la pérdida de los derechos anejos correspondientes, incluso los económicos, y producirá efectos a partir de la notificación de la resolución que la declare.

Diccionario de falerística y afines (B)

No por conocidos, algunos términos empleados en esta materia requieren de una mayor explicación, pues no es raro que un mismo concepto pueda emplear múltiples palabras. Esto permitirá al aficionado o al curioso encontrar de forma ordenada, el significado de voces que desconoce. Intentando que este sea un diccionario temático, es necesario extenderlo de alguna manera a otras disciplinas afines, conteniendo además notas y comentarios.
Habitualmente las definiciones empleadas serán las del Diccionario de la Lengua Española o el Diccionario de María Moliner, pero algunas palabras incluyen la empleada en uno o varios de los diccionarios militares o de legislación militar clásicos como pueden ser los de Hevia (H), Wartelet (W), Almirante (A) o Bacardí (B), habiéndose también hecho uso de otros específicos de términos heráldicos, numismáticos y de joyería de uso común en la descripción de las condecoraciones.
Varias palabras, así como algunos vocablos que podíamos denominar argot falerístico, (f) han sido propuestos a través del Foro español del coleccionismo militar (FECOM) y otros coleccionistas.

HEVIA, Deogracias. Diccionario general militar de voces antiguas y modernas. Imprenta y estereotipia de M. Rivadeneyra. Madrid, 1857. WARTELET, Jorge d’ (J. D’W. M.). Diccionario militar. Imprenta de Luis Palacios. Madrid, 1863. ALMIRANTE, José. Diccionario militar, etimológico, histórico, tecnológico. Imprenta y litografía del Depósito de la Guerra. Madrid, 1869. BACARDÍ, Alejandro de. Diccionario de legislación militar. Repertorio general y completo de legislación militar. Barcelona, 1885. Además pueden consultarse: MUÑIZ TERRONES, José. Diccionario de legislación militar. Segunda edición. Cádiz, 1885. MUÑOZ CUELLAR, Miguel. Diccionario Legislativo Militar. Imprenta de Gabriel López del Horno. Madrid [1907].
ALFARO ASINS et al. Diccionario de numismática. Ministerio de Cultura, 2009 (t). CADENAS Y VICENT, Vicente. Diccionario heráldico. Ediciones Hidalguía. Madrid, 1988 (h). GONZÁLEZ DORIA, Fernando. Diccionario heráldico y nobiliario de los reinos de España. Editorial Bitácora, S.A. Madrid, 1987. MONTELLS Y GALÁN, José María de. Diccionario de Órdenes de Caballería y Corporaciones Nobiliarias. Ediciones de la Academia de Genealogía, Nobleza y Armas. Madrid, 1994. RIGALT Y NICOLÁS, Bruno. Diccionario histórico de las Órdenes de Caballería religiosas, civiles y militares de todas las naciones del mundo. Est. Tipográfico de Narciso Ramírez. Barcelona, 1858. JIMÉNEZ PRIEGO. María Teresa. Diccionario ilustrado de la joyería. Asociación Cultural y Científica Iberoamericana (ACCI), Madrid, 2018. Guía para diseñadores y prescriptores de joyería. Centro Tecnológico Andaluz del Diseño, 2009 (g).
LASLO, Alexander J.: A glossary of terms used in phaleristics: the science, study, and collecting of the insignia of orders, decorations, and medals. Dorado Publishing, Alburquerque, 1995.

Voy a ir incluyendo en sucesivas entradas los términos ya incorporados, esperando como siempre, cualquier comentario, corrección o contribución que permitan mejorarlo

BAJO RELIEVE
(t) Relieve en el que las diferentes formas sobresalientes, que se adhieren o no a un fondo plano, convexo o cóncavo, representan menos de la mitad del volumen real de un cuerpo o de un objeto.

BANDA
Cinta ancha y de colores determinados, que se coloca terciada en el pecho, del hombro derecho al costado izquierdo, que usan los caballeros o damas grandes cruces; sus caídas forman un lazo, del que pende la venera que corresponda.
(h) Pieza que atraviesa diagonalmente el escudo, partiendo de su ángulo derecho superior al ángulo izquierdo inferior y su ancho es un tercio del escudo.

BANDEJA
Recipiente de metal o de otra materia, para presentar o depositar cosas.
(t) Plancha de cartón, madera, plástico u otro material con alveolos de distintos tamaños para almacenar las monedas o medallas.

BANDERA
Tela de forma comúnmente rectangular, que se asegura por uno de sus lados a un asta o a una driza y se emplea como enseña o señal de una nación, una ciudad o una institución.
Insignia de una unidad militar que lleva incluido un símbolo o distintivo que le es propio.

BANDÍN
(h) Banda corta que los condecorados llevan en lugar de la banda en dirección menos inclinada y en actos menos solemnes.

BAÑADO
(t) Revestimiento de un objeto por inmersión en un líquido, formando una fina película en su superficie.

BAÑO
Barniz, capa superficial.
Tratamiento que puede darse a las condecoraciones y que condiciona su acabado final: decapado, desengrasado electrolítico, desengrasado ultrasónico, níquel brillante, chapado de oro o plata.

BARRA
(h) Pieza que atraviesa diagonalmente el escudo, del ángulo izquierdo superior al ángulo derecho inferior.

BENEMÉRITO
Digno de galardón.
Digno de gran estimación por los servicios que ha prestado.
(W) Título honorífico que se da al militar de cualquiera graduación que ha prestado servicios de importancia a la patria.

BIBLIOGRAFÍA
Relación o catálogo de libros o escritos referentes a una materia determinada.
Relación de textos, procedentes de diversos soportes, utilizados como fuente documental.

BISAGRA
Pieza formada por dos elementos articulados entre sí, con que se sujetan dos piezas o dos partes de una cosa, que, a su vez, deben ir articuladas.

BOLA
Cuerpo esférico de cualquier materia.
Remate o adorno de forma esférica que permite el paso de una anilla, situado en la parte superior de una condecoración.

BOLLO
(f) Abultamiento en una de las caras de la medalla, por golpe o presión hecha en la cara opuesta.

BORDADO
Labor de adorno hecha con diversidad de puntos, y formando dibujos, a veces en colores, a veces combinando los hilos, que ocasionalmente llevan las cintas de las condecoraciones y corbatas, entre otros.
Bordado a canutillo. El que se hace con hilos de oro o plata rizado formando canutillo.
Bordado a realce. El hecho con relleno, de modo que tiene relieve acusado.

BORDADURA
Labor de relieve ejecutada en tela o piel con aguja y diversas clases de hilo.

BORDAR
Adornar con bordaduras una tela u otra materia.

BORDE
Véase canto.
(f) En las cintas de condecoraciones, el extremo u orilla de las mismas.

BORDURA
Dibujo que rodea el escudo.
(h) Pieza que rodea el campo del escudo por su interior y que tiene por ancho la sexta parte del mismo.

BORLA
Conjunto de hebras, hilos o cordoncillos que, sujetos y reunidos por su mitad o por uno de sus cabos en una especie de botón y sueltos por el otro o por ambos, penden en forma de cilindro o se esparcen en forma de media bola.
(W) Especie de botón o cabeza de bellota, hecha de estambre, seda, plata u oro, del que pende un fleco de la misma materia en figura de campañilla, y sirve para adornar el sombrero, la espada, las gorras de los militares.

BOTÓN DE SOLAPA
Miniatura de condecoraciones cuyo sistema de sujeción permite prenderla en el ojal de las prendas de vestir.

BRAZO
En una cruz, mitad de cada palo, o cada una de las partes que la conforman.
Ramificación de la caña de un ancla de cepo.

BRILLANTE
Diamante tallado.

BRONCE
Aleación de cobre con estaño y a veces con adición de zinc o algún otro cuerpo, de color amarillento rojizo y muy tenaz.
(t) Aleación de cobre y estaño, en proporciones variables, considerada más adecuada para las acuñaciones que el cobre puro. A veces también se alea con plomo, aluminio, níquel o cinc.
(W) Aleación compuesta de cobre y estaño.

BRUÑIDO
(t) Técnica de acabado y de decoración de la superficie de un material o un objeto por métodos manuales o mecánicos para dar un aspecto compacto y brillante, así como una superficie lisa y reflectante principalmente a objetos metálicos.

BURIL
Punzón con que trabajan los grabadores.
(t) Instrumento de acero, de forma alargada y prismática y terminado en punta por un extremo, utilizado para grabar en hueco las matrices. Se manejaba solo o con ayuda de macetas, pequeños martillos de acero con mango de madera.

BUSTO
(h) Cabeza de hombre o de mujer con la parte superior del pecho y sin brazos que se suele colocar de frente. Caso contrario es preciso indicarlo.

jueves, 20 de octubre de 2022

Orden real de España

Hoy hace 214 años de la creación por Decreto de 20 de octubre de 1808, de la Orden Militar de España, que debemos a José Napoleón "por la gracia de Dios y por la Constitución del Estado, Rey de las Españas y de las Indias", como testimonio público de valor y fidelidad. A los que se concediera, al tiempo de recibirla, debían hacer el juramento siguiente: "Juro ser siempre fiel al honor y al Rey"
Esto se hacía días antes de suprimir todas las órdenes militares existentes en España.
La insignia era estrella de color rubí, pendiente de una cinta de color carmesí, que llevaba el león de España con la siguiente inscripción: VIRTUTE ET FIDE; y en el reverso el castillo de Castilla con la inscripción: IOSEPH NAPOLEO, HISPANIARUM ET INDIARUM REX INSTITUIT.
En CEBALLOS-ESCALERA Y GILA, Alfonso de; GARCÍA-MERCADAL Y GARCÍA-LOYGORRI, Fernando. Las órdenes y condecoraciones civiles del Reino de España. Madrid, 2003, p. 179, se indica que el número de concesiones fue de 39 Grandes Bandas, 41 Comendadores y 1787 Caballeros.
El Archivo General Militar de Madrid conserva una carta del secretario de José I, dirigida desde Vitoria (Álava) a Martin Guillaume Biennais, orfebre, para encargarle la confección de cien condecoraciones de la Orden Real de España.
Finalizada la Guerra de la Independencia, la Orden no fue abolida expresamente por Fernando VII, pero debe entenderse que dejó de usarse a partir de su regreso a España. En Francia, el rey Luis XVIII prohibió definitivamente su uso por ordenanza de 19 de julio de 1814.

martes, 18 de octubre de 2022

Guerra de la Independencia (y II)

Continua
También los generales en jefe o los capitanes generales premiaron en nombre del rey con variadas recompensas.
En 1808. En junio el escudo por la acción de Tudela, en julio los de Arjonilla y de defensor de la Patria. En agosto el de defensor de Zaragoza, otro por la retirada de Tudela y la cinta encarnada.
En 1809. En abril, el escudo de distinción por valientes defensores en Capellades. En mayo el de distinción de Valdepeñas. En junio los escudos de distinción de Gerona y en julio el escudo de distinción de la cruzada de mujeres de Gerona.
En 1810. En marzo el escudo de honor de Hostalrich y el distinción de Vich. En mayo la medalla de distinción de Vich y la medalla de distinción de Hostalrich. En septiembre la medalla conmemorativa de Bagur y Palamós y el escudo de distinción de Salvatierra y Jerez. En octubre uno por valor heroico.
En 1811. En enero el escudo de distinción de la sorpresa de Morella. En abril otro por la captura de la barca de Lobón.
Finalmente, sería el rey quien concedería numerosos premios, varios de ellos en lugar de los escudos de distinción creados anteriormente, como forma de oficializarlos.
En noviembre de 1809 el escudo de distinción de Ontígola.
En 1814, la condecoración de la lealtad en Valançay por real decreto de 23 de agosto y la cruz de distinción del segundo sitio de Zaragoza por real orden de 30 de agosto. La medalla de distinción de la batalla de San Marcial por circular de 24 de octubre. La cruz de distinción de El Escorial por real decreto de 5 de diciembre. Por circular de 6 de diciembre la cruz de distinción de Ciudad Rodrigo y por otra de 28 del mismo mes la cruz de distinción del ejército de reserva de Andalucía.
En 1815 la cruz de distinción del cuarto ejército o de Tolosa por circular de 30 de enero. Por otra de 13 de febrero la cruz de distinción de la batalla de Chiclana. Otra de 1 de marzo crea la cruz de distinción de la Albuhera. Por real orden circular de 17 de marzo la cruz de distinción de Sevilla. En 31 de marzo las cruces de distinción del primer, segundo y tercer ejércitos. La cruz de distinción de Vitoria por real orden circular de 2 de abril. Por otra de 10 de abril la cruz y escudo de distinción de San Lorenzo del Puntal y la cruz de distinción para los defensores de Astorga. También en abril la cruz de distinción a los prisioneros civiles. Por real orden circular de 17 de abril la cruz de distinción de Valls. Por otra de 1 de mayo la cruz (y escudo) de distinción del Ordal. Por otras de 14 de mayo la cruz de distinción al ejército de Aragón o de Alcañiz y al de Galicia o de Izquierda así como la cruz de distinción de Tarragona. La cruz de distinción al séptimo Ejército por real orden circular de 19 de mayo. En 3 de junio la cruz de distinción del puente de Alcolea. En 4 de junio la cruz de distinción de Pamplona y Bayona, la cruz de distinción al Ejército asturiano y la cruz de distinción de la defensa de Tarifa o del cuarto Ejército. El 5 de junio la cruz de distinción al Ejército de Extremadura (Alburquerque). El 10 la medalla de distinción de Tarancón. El 20 la cruz de distinción de Utiel. Por circular de 22 de junio la cruz de distinción de la fuga de Portugal. El 25 la cruz de distinción de Asturias. Por reales órdenes de 2 de julio la medalla de distinción de Tamames y la de Medina del Campo. El 9 la cruz de distinción de los correos de gabinete. El 27 el brazalete de la junta patriótica de señoras de Cádiz. Por real orden de 27 de octubre la medalla de honor del dos de mayo.
En 1816, por real orden de 18 de abril la cruz de distinción de Mengibar. En 30 de mayo la cruz de la fuga de Madrid y las cruces de distinción de Bubierca, Aranjuez y Almonacid. Por circulares de 27 de junio la cruz de distinción de la acción de Castalla y la cruz de la división mallorquina. La cruz de distinción de Castelló de Ampurias el 31 de diciembre.
En 1817 la cruz de distinción del Villafranca del Bierzo y Lugo, el 9 de enero. Por circulares de 26 de enero las cruces de distinción del primer Ejército, del Ejército del Centro y del condado de Niebla. El 25 de marzo las cruces de distinción del primer sitio y del primer y segundo sitios de Zaragoza. El 29 la cruz de distinción de Mora y Consuegra. El 1 de mayo la cruz de distinción de Arroyo Molinos. El 10 de junio la cruz de distinción de Madrid y este mismo mes la medalla de distinción de Lucena. Por circular de 2 de julio la cruz de distinción de Abisbal, San Feliú y Palamós. El 30 de septiembre la cruz de distinción de Fuentes de Oñoro. La cruz de distinción de la salida de los Zapadores por real orden de 1 de octubre. Y el 29 de diciembre la cruz de distinción del Real Cuerpo de Guardias de la persona del Rey.
En 1818 el escudo de distinción de las Milicias urbanas de Tarragona el 15 de febrero y la cruz de distinción de las juntas provinciales el 21 de octubre. Por real orden de 2 de mayo de 1821 la cruz de distinción de la defensa de Rosas y por otra de 20 de abril de 1840 la cruz de distinción de Sagunto.
La falta de detalles en las noticias sobre la existencia de otras recompensas hace que no sea posible, por el momento, saber la autoridad que ordenó su creación.
Las cruces y medallas serían las de Vimieira en 1808, la división de Nalda, la de distinción de Torralba, la del sitio de Zaragoza de 1809, la de la acción de Tivissa, la de Busaco, la del Ejército de Cataluña por la campaña de 1810, la de honor de Tortosa, la del primer ejército por la campaña de 1811, la de defensa de Zaragoza y la de Monzón, Lérida y Mequinenza.
Los escudos de distinción o mérito serían los siguientes. En 1808: venta de Alcolea (4 de junio), defensa de la batería de Santa Catalina y las torres de Cuarte (27 y 28 de junio); de Jaén (1, 2 y 3 de julio), de Bailén (agosto) y de Espinosa (noviembre). En 1809, de Montjuïc (19 de enero), de Villafranca (19 de marzo), de la toma de Vigo (28 de marzo), por valiente defensor de la Patria (mayo), de Santo Domingo de la Calzada (julio), de Madrid (septiembre, anulado en mayo de 1813), de la acción del 22 de septiembre (octubre), de Tamames (18 de octubre), Medina del Campo (23 de noviembre) y los de Alba de Tormes (28 de noviembre). En 1810: de la acción de Mollet (21 de enero), de Montellano (14 y 23 de abril), de Barcelona y del Batallón de Almogávares (julio) y posiblemente uno de Talavera. En 1811: de Peñíscola (enero), del Regimiento de la Unión (febrero), de Arcos de la Frontera (marzo), por la salida de la plaza de Figueras (mayo), de la sorpresa de Gaena (junio) y el de Sagunto (25 de octubre). En mayo de 1813 de Castro Urdiales y en el mismo mes de 1815, de Chinchilla. Y finalmente el de los voluntarios distinguidos de Cádiz.
Hay noticias sobre legislación de carácter general de este periodo relativa a otras condecoraciones de las que no se tiene constancia de su aprobación aunque fueran propuestas, como la medalla de la acción del 5 de agosto de 1808 o la cruz de distinción de Zamora, o bien, caso de varias relacionadas con acciones en Cataluña, que están pendientes de investigación. De igual manera se hace mención a otros premios y distinciones como la declaración de beneméritos.
Entre las recompensas extranjeras se tratan las Recompensas de oro al Ejército Peninsular (Peninsular Army Gold awards) y la Medalla de Servicios Generales (The Military General Service Medal 1793-1814) del Reino Unido, las Medallas de las campañas de la Guerra Peninsular para militares y civiles (Medalha de Comando das Campanhas da Guerra Peninsular y Medalha para Civis das Campanhas da Guerra Peninsular) y la Cruz distinción de las campaña de la Guerra Peninsular (Cruz de Condecoraçaõ das Campanhas da Guerra Peninsular) de Portugal, así como la Medalla de honor por la campaña de España y Portugal (Ehrenmedaille für die Feldzüge in Spanien und Portugal) de Brunswick y la Medalla de los Voluntarios de la Real Legión Alemana (Kriegsdenkmünze für die freiwilligen der KGL.-Großbritannisch-Deutschen Legion) de Hannover.
Actualmente algunos grupos de reconstrucción histórica rememoran diversos acontecimientos o periodos históricos, haciendo un esfuerzo por vestirse, equiparse y comportarse como aquellos que fueron nuestros antepasados. Varios de ellos usan en sus uniformes reproducciones de condecoraciones de la época de la guerra de la Independencia, principalmente escudos de distinción.

BIBLIOGRAFÍA
PRIETO BARRIO, Antonio "Recompensas militares en la Guerra de la Independencia en Extremadura", en Actas de las Jornadas de Historia de las Vegas Altas. La Batalla de Medellín. Don Benito; 2010; pp. 325-335
"Escudos de distinción". OMNI Revista de numismática, 15 (2021), pp. 242-267
Guerra de la Independencia: sus condecoraciones. Edición del autor, 1990. Rev. 2007.
Compendio Legislativo de Órdenes, Medallas y Condecoraciones. Edición del autor [USB]. Madrid. Actualización de octubre de 2022.
ARAGÓN MARTÍN, Luis: “Las condecoraciones de la Guerra de la Independencia”, Cuadernos del Bicentenario, 4 (2008), pp. 69-73
BENAVIDES, Antonio [et al.]: Historia de las Órdenes de Caballería y de las Condecoraciones Españolas. Madrid. Ed. José Gil Dorregaray, 1865. 2 vols.
CHAPELA REY, Jesús. Medallas y Órdenes de las guerras napoleónicas y revolucionarias (1792-1815). 2022
HERRANZ YBARRA, Rafael: “Condecoraciones de la Guerra de la Independencia (1808-1814) en Cataluña”, Álvarez de Castro y su tiempo (1719-1810). Ministerio de Defensa, 2010, pp. 172-175
MARTÍ, Francisco de Paula. Colección de las Órdenes Militares, Cruces y Medallas de distinción de España. Madrid, 1820 (Edición facsímil: Librería París-Valencia. Valencia, 1995)
QUESADA GÓMEZ, Agustín; FERRANDIS POBLACIONES, José A: “Recompensas”, Real Cuerpo de Ingenieros del Ejército en la Guerra de la Independencia 1808-1814. Ministerio de Defensa, 2009, pp. 543-545

lunes, 17 de octubre de 2022

Sobre los comentarios

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Guerra de la Independencia (I)

Durante la guerra de la Independencia se dan las circunstancias propicias para la aparición y desarrollo de condecoraciones en diversas formas, para premiar o conmemorar acciones particulares, significadas o valerosas o bien de unidades concretas.
Existen premios creados en esta misma época, de carácter general, pero en la actualidad tras el estudio de numerosas piezas y colecciones particulares es posible contar al menos ciento ochenta y cinco piezas, de las que sesenta y seis serían cruces, veinticuatro medallas, noventa y un escudos de distinción —o de honor— y cuatro con otras denominaciones. En estos totales no están incluidas las del ejército británico, portugués o de otros estados como Brunswick o Hannover.
De algunas parece que sólo existe la que forma parte de la colección del Museo del Ejército. De otras sólo se conoce su existencia por las disposiciones oficiales que las nombran y se han reconstruido mediante infografías o dibujos. También hay piezas únicas en colecciones particulares.
Durante este periodo, no todas las victorias o campañas fueron premiadas con alguna distinción, sino que de serlo lo fueron muy posteriormente, por lo que constituía un honor especial el recibir éstos en fecha tan temprana y aún en periodo de guerra.
Se inicia un proceso de creación de distinciones o cruces para cada hecho bélico, incluyendo algunas derrotas heroicas, lo que supuso que al final de la guerra de la Independencia existieran varias decenas diferentes. Entre ellas se encuentran las creadas por las juntas, los consejos de regencia y más adelante por el rey Fernando VII. Las oficiales y las no oficiales. Prácticamente cada una de ellas presenta una variante para tropa (ejemplares sencillos en lámina troquelada y carente de esmaltado), a menudo más raras que la de oficial (solían incluir esmaltes), pues la mayoría de ellas se crearon varios años después de haber finalizado la guerra. Estas cruces conmemorativas se simultanearon con las órdenes de mérito y al valor militar como las de San Fernando o de Carlos III.
Igualmente hay que destacar que sobre el diseño oficial, de cada condecoración cabe admitir un ilimitado número de variantes, producto de los encargos de medallas y grabados por cuenta de los agraciados, y de las distintas interpretaciones de los artífices que las ejecutaban; en ocasiones el tamaño reducido de algunas piezas impone abreviaciones notables en el texto de las inscripciones, y en otras la economía se trasluce en la omisión de los detalles del reverso, limitándose la pieza a representar el anverso.
No ha sido posible encontrar disposición que determine la forma, dimensiones y clases de metales para la confección de los broches de que penden las medallas. La realidad indica que se confeccionaron al capricho de los interesados, siendo habitual el que éstos fueran del mismo metal que el de la medalla respectiva.
Los escudos de distinción consistían en piezas circulares u ovaladas de tela de seda o lino del color de la divisa del uniforme, y se cosían en las mangas de las casacas de los componentes de la unidad premiada con ellos. Los motivos y diseños se bordaban sobre el paño y este tipo de premios militares, al no estar sujetos a normas predeterminadas en cuanto a colores se refiere, admitían todas las variantes posibles. De los ejemplares encontrados, es habitual que el conjunto se bordara sobre paño grana, llevando las letras y cordoncillo exterior de hilo de oro o plata (oficiales) y de estambre amarillo o blanco (tropa).
Las distinciones debían ser solicitadas a Fernando VII por escrito tras probar la permanencia en las unidades premiadas. Esto sólo lo llevaron a cabo los militares de profesión (generalmente los oficiales), ya que las clases de tropa y tropa permanecían largo tiempo en el frente y una vez desmilitarizados desconocían la creación de las mismas. También se produjeron algunas injusticias, pues oficiales transferidos a otras unidades podían solicitar las cruces por el simple hecho de pertenecer a una determinada división o ejército, sin haber estado presente en el hecho de armas que se premiaba.
En este periodo histórico se editaron cinco publicaciones oficiales que pudieron contener noticias sobre ellas: Gaceta de Madrid, Gazeta Ministerial de Sevilla, Gazeta del Gobierno, Gazeta de la Regencia y Gazeta de Madrid baxo el Gobierno de la Regencia. Existen otras publicaciones locales, diarios, gacetas, etc. donde pueden encontrarse concesiones, normalmente de carácter individual, especialmente de escudos de distinción, por lo que el trabajo de otros investigadores sacará a la luz más noticias sobre los premios concedidos por estos hechos.
Partiendo de las disposiciones señaladas en los libros clásicos sobre esta materia, de algunas de ellas no ha sido posible encontrar una referencia oficial en la Gaceta. A este respecto, animo a los lectores de este blog a remitir cualquier dato o fuente donde se citen o relacionen nuevas recompensas.
Tanto las juntas provinciales como la central crearon varias recompensas.
La Junta de Gobiernos el escudo de voluntario de Fernando VII, en junio de 1808.
La de Tarifa el escudo de voluntario distinguido de esta localidad, en junio de 1808.
La de Sevilla, el escudo y la medalla de distinción de la rendición de la escuadra francesa en junio y la medalla de distinción de Bailén el 11 de agosto de 1808.
La de Granada, el escudo de distinción por el rey, la religión y la patria en julio de 1808.
La de Extremadura, el escudo de distinción de la defensa del parque de Artillería de Madrid en octubre de 1808 y la medalla de oro de la Junta de Extremadura en abril de 1809.
La de Valencia, el escudo de distinción de la salida de los Zapadores en junio de 1808, el de honor en defensa del rey en octubre de 1808, y otro de vencer o morir en marzo de 1809.
La de Aragón el escudo de premio y distinción de Zaragoza en 16 de agosto de 1808.
La de Asturias, la cruz de la Victoria hacia agosto de 1808; los escudos de distinción del ejército asturiano y al valor en Asturias, ambos en enero de 1809. En febrero de 1809 los escudos de distinción de Peñaflor y posiblemente otro por valor y constancia y en marzo del mismo año el escudo de distinción de defensor de la justa causa.
La de Galicia en octubre de 1808 los de la toma de Bilbao.
La de Castilla en 1810 el escudo de distinción del Cristo de la Laguna.
La Junta Central Suprema en noviembre de 1808 los escudos de distinción de San Andrés y de Llansá; a finales de 1808 o principios de 1809 el de Tarancón; por real decreto de 9 de marzo de 1809 la medalla de defensor de Zaragoza; por real orden de 23 de marzo de 1809 la cruz de distinción del Norte; los escudos de distinción de Llinás por real orden de 26 de marzo de 1809 y el de Medellín por real decreto de 1 de abril de 1809. Por real orden de 27 de mayo de 1809 el de Consuegra. El escudo de patriotismo de Torralba y el de Marchena en junio de 1809 y el de Puente de Sampayo por decreto de 6 de julio de 1809. Y este mismo mes el escudo de distinción de Lobera. El escudo de distinción de la ermita de la Oliva en septiembre de 1809. La medalla de distinción por la salida de Gerona en octubre de 1809, el escudo de distinción de Villamanrique en enero de 1810 y finalmente la cruz de San Jorge en 14 de enero de 1810.
A través de otras entidades en mayo de 1809 la cruz y medalla de la villa de Alcántara y en junio de 1810 el escudo de distinción por la acción de Limés.
El Consejo de Regencia también crea varias recompensas entre el 31 de enero de 1810 y el 4 de mayo de 1814 en que sería disuelta. El 17 de enero de 1810 el escudo de honor de Vigo y Tuy. La medalla de distinción de Casa Roxa por real orden de 9 de julio de 1810. El escudo de distinción de Yanguas (septiembre). La cruz de los defensores de Gerona por real orden de 14 de septiembre de 1810. La medalla de los defensores de Astorga por real decreto de 6 de noviembre de 1810. La cruz de distinción de Talavera por real orden de 8 de diciembre de 1810. El escudo de distinción del falucho Nuestra Señora del Carmen en enero de 1811. El del sitio de Badajoz en febrero de 1811. El escudo de distinción por la reconquista de la plaza de San Fernando de Figueras por real orden de 15 de junio de 1811. La cruz y el escudo de distinción de Lerín, por real orden de 23 de julio de 1811, el del batallón de Buenos Aires por orden de 9 de octubre de 1811 y la medalla modelo de patriotismo de 25 de agosto de 1812.
Continuará ...

BIBLIOGRAFÍA
PRIETO BARRIO, Antonio "Recompensas militares en la Guerra de la Independencia en Extremadura", en Actas de las Jornadas de Historia de las Vegas Altas. La Batalla de Medellín. Don Benito; 2010; pp. 325-335
"Escudos de distinción". OMNI Revista de numismática, 15 (2021), pp. 242-267
Guerra de la Independencia: sus condecoraciones. Edición del autor, 1990. Rev. 2007.
Compendio Legislativo de Órdenes, Medallas y Condecoraciones. Edición del autor [USB]. Madrid. Actualización de octubre de 2022.
ARAGÓN MARTÍN, Luis: “Las condecoraciones de la Guerra de la Independencia”, Cuadernos del Bicentenario, 4 (2008), pp. 69-73
BENAVIDES, Antonio [et al.]: Historia de las Órdenes de Caballería y de las Condecoraciones Españolas. Madrid. Ed. José Gil Dorregaray, 1865. 2 vols.
CHAPELA REY, Jesús. Medallas y Órdenes de las guerras napoleónicas y revolucionarias (1792-1815). 2022
HERRANZ YBARRA, Rafael: “Condecoraciones de la Guerra de la Independencia (1808-1814) en Cataluña”, Álvarez de Castro y su tiempo (1719-1810). Ministerio de Defensa, 2010, pp. 172-175
MARTÍ, Francisco de Paula. Colección de las Órdenes Militares, Cruces y Medallas de distinción de España. Madrid, 1820 (Edición facsímil: Librería París-Valencia. Valencia, 1995)
QUESADA GÓMEZ, Agustín; FERRANDIS POBLACIONES, José A: “Recompensas”, Real Cuerpo de Ingenieros del Ejército en la Guerra de la Independencia 1808-1814. Ministerio de Defensa, 2009, pp. 543-545

sábado, 15 de octubre de 2022

Más facil es conseguir

Más fácil es conseguir información sobre condecoraciones extranjeras. Varios son los países del mundo en los que en las páginas homólogas a las de Presidencia, Ministerio de Defensa o Asuntos Exteriores puede accederse a estas cuestiones: reglamentos, imágenes, y ocasionalmente listados o bases de datos que permiten conocer las concesiones de determinadas órdenes a personal nacional o extranjero. Estas son varias de ellas:
Alemania
Armenia
Australia
Austria
Bangladesh
Bielorusia
Bulgaria
Burkina Faso
Canadá
Colombia
Croacia
Cuba
República Checa
Eslovenia
Estonia
Finlandia
Francia
Holanda
Hong Kong
Irlanda
Israel
Italia   Italia
Japón
Kazakhstan
Letonia
Líbano
Lituania
Mónaco
Naciones Unidas
Nagorno Karabagh
Noruega
Nueva Zelanda
Polonia
Portugal
Reino Unido
Rumania
Serbia
Sudáfrica
Suecia
Ucrania

Como ya anticipaba, en algunos países es posible acceder a bases de datos de concesiones a ciudadanos, por ejemplo españoles, aunque no siempre los criterios de búsqueda, en su caso, incluyen precisamente este dato de nacionalidad:
Estonia
Italia. Dipartimento del Cerimoniale di Stato
Portugal. Estrangeiros com Ordens Portuguesas
Rumania. Persoane Decorate

viernes, 14 de octubre de 2022

Bibliografía (I)

Otras de las entradas del blog estarán relaciondas con la bibliografía -general y específica- sobre la falerística.
Entendemos la bibliografía como la relación o catálogo de libros o escritos referentes a una materia determinada. También la relación de textos, procedentes de diversos soportes, utilizados como fuente documental.
Los derechos de autor de los objetos digitales de diversas instituciones archivísticas y museísticas han pasado a dominio público, por lo que varios de los que se relacionan pueden encontrarse para su descarga libre y gratuita.
Diccionarios y compendios legislativos


BACARDÍ, Alejandro de. Diccionario de legislación militar. Repertorio general y completo de legislación militar. Barcelona, 1885. Tomo tercero pp. 52-58.

GARCÍA BRUNA, Antonio. Guía práctica de la Legislación Militar o Diccionario Legislativo para el Ejército. Imprenta de Emilio Vaquer. Madrid, 1899; Tomo I p. 322-323, Tomo II, pp. 322-323 y 463-491.

GÓMEZ HERRERO, Teodoro. Diccionario-Guía Legislativo Español. Librería de Victoriano Suárez. Madrid, 1902.

GONZÁLEZ DORIA, Fernando. Diccionario heráldico y nobiliario de los reinos de España. Editorial Bitácora, S.A. Madrid, 1987.

GONZALO DE LAS CASAS, José. Diccionario general del notariado de España y Ultramar. Imprenta de J. Antonio García. Madrid, 1857; Tomo VII, pp. 332-359.

MARCOS Y GONZÁLEZ, Juan. Prontuario General clasificado y cronológico de las leyes, ordenanzas, reglamentos, decretos, órdenes e instituciones que constituyen la legislación administrativa militar. Madrid, Imprenta de Prudencio Cuartero, 1863.

MARTÍNEZ ALCUBILLA, Marcelo. Diccionario de la administración española, peninsular y ultramarina: compilación ilustrada de la novísima legislación en todos los ramos de la administración pública. Madrid, Imprenta de la V. e Hijas de A. Peñuelas, 1868. Tomo 10 p. 596-637; Tomo 11, pp. 441-448.

Memoria sobre la Organización Militar de España. Imprenta del Depósito de la Guerra. Madrid. Varios años [1872].

MAZÓN VERDEJO, Eugenio [et al.]: Legislación sindical española. Ediciones y publicaciones populares. 1973.

MONTELLS Y GALÁN, José María de. Diccionario de Órdenes de Caballería y Corporaciones Nobiliarias. Ediciones de la Academia de Genealogía, Nobleza y Armas. Madrid, 1994.

MUÑIZ TERRONES, José. Diccionario de legislación militar. Segunda edición. Cádiz, 1885.

MUÑOZ CUELLAR, Miguel. Diccionario Legislativo Militar. Imprenta de Gabriel López del Horno. Madrid [1907].

NIETO Y GALINDO, Enrique. Servicio Bibliográfico de Legislación Militar. Madrid, 1931.
PAULA MELLADO, Francisco de. Enciclopedia moderna. Diccionario universal de Literatura, Ciencias, Artes, Agricultura, Industria y Comercio. Madrid, Establecimiento tipográfico de Mellado, 1851: Tomo décimo pp. 269-342.

RIGALT Y NICOLÁS, Bruno. Diccionario histórico de las Órdenes de Caballería Religiosas, civiles y militares de todas las naciones del mundo. Est. Tipográfico de Narciso Ramírez. Barcelona, 1858 (Edición facsímil: Librería París-Valencia. Valencia, 1992).

RODRÍGUEZ JIMÉNEZ, Eusebio. Diccionario de legislación militar o Consultor del derecho administrativo militar. Talleres del Depósito de la Guerra. Madrid, 1903. — Apéndice de voces y asuntos al Diccionario de legislación militar o Consultor del derecho administrativo militar. Imprenta de V. Montalvo y Compañía. Madrid, 1906.

TEJADA FEIJÓO, Jesús. Vademécum Legislativo de las FAS 1960-1990. Sevilla, 1990.

VALLECILLO, Antonio. Legislación militar de España antigua y moderna. Madrid, 1853. 13 vols.

VIDAL Y BLANCA, José; RAMÍREZ RAMÍREZ, Francisco de Paula: Legislación Marítima. Repertorio alfabético compilado de las disposiciones legales de mas frecuente publicación en la marina militar y en la mercante. Madrid, 1904.

miércoles, 12 de octubre de 2022

12 de octubre, Día de la Fiesta Nacional y día de la Patrona de la Guardia Civil

El 12 de octubre de cada año desde 1988, se celebra el Día de la Fiesta Nacional, que tiene por finalidad recordar solemnemente momentos de la historia colectiva que forman parte del patrimonio histórico, cultural y social común.
Habitualmente se celebra una parada militar y un solemne acto de homenaje de respeto y exaltación a la bandera de España, entre otros actos.
También hay que recordar que el 8 de febrero de 1913, el Rey Alfonso XIII firmó la Orden por la que se proclamó Patrona de la Guardia Civil a la Virgen, en su advocación del Pilar.
En este desfile o parada militar es posible ver una amplia selección de condecoraciones de las que incluyo algunas muestras.
Fotografías del desfile de 2022

martes, 11 de octubre de 2022

Diccionario de falerística y afines (A)

Los años que he dedicado a la investigación en esta materia se van plasmando en diversos documentos y monografías, recogidos en formato PDF en mi COMPENDIO LEGISLATIVO DE ÓRDENES, MEDALLAS Y CONDECORACIONES. Se trata de una memoria USB, que se actualiza periódicamente con legislación comentada de Órdenes, Medallas y Condecoraciones españolas.
No conociendo en español ningún diccionario específico de falerística, si en otros idiomas, uno de los nuevos trabajos que pretendo incorporar al USB es un DICCIONARIO Y ARGOT DE FALERÍSTICA Y AFINES (Numismático, joyería y heráldico, campos de los que tomar sólo lo que pueda ser interesante para el principal). El ya citado trabajo "Falerística española. Estudio de las condecoraciones", incluye un pequeño esbozo.
No por conocidos, algunos términos empleados en esta materia requieren de una mayor explicación, pues no es raro que un mismo concepto pueda emplear múltiples palabras. Esto permitirá al aficionado o al curioso encontrar de forma ordenada, el significado de voces que desconoce. Intentando que este sea un diccionario temático, es necesario extenderlo de alguna manera a otras disciplinas afines, conteniendo además notas y comentarios.
Habitualmente las definiciones empleadas serán las del Diccionario de la Lengua Española o el Diccionario de María Moliner, pero algunas palabras incluyen la empleada en uno o varios de los diccionarios militares o de legislación militar clásicos como pueden ser los de Hevia (H), Wartelet (W), Almirante (A) o Bacardí (B), habiéndose también hecho uso de otros específicos de términos heráldicos, numismáticos y de joyería de uso común en la descripción de las condecoraciones.
Varias palabras, así como algunos vocablos que podíamos denominar argot falerístico, (f) han sido propuestos a través del Foro español del coleccionismo militar (FECOM) y otros coleccionistas.

HEVIA, Deogracias. Diccionario general militar de voces antiguas y modernas. Imprenta y estereotipia de M. Rivadeneyra. Madrid, 1857. WARTELET, Jorge d’ (J. D’W. M.). Diccionario militar. Imprenta de Luis Palacios. Madrid, 1863. ALMIRANTE, José. Diccionario militar, etimológico, histórico, tecnológico. Imprenta y litografía del Depósito de la Guerra. Madrid, 1869. BACARDÍ, Alejandro de. Diccionario de legislación militar. Repertorio general y completo de legislación militar. Barcelona, 1885. Además pueden consultarse: MUÑIZ TERRONES, José. Diccionario de legislación militar. Segunda edición. Cádiz, 1885. MUÑOZ CUELLAR, Miguel. Diccionario Legislativo Militar. Imprenta de Gabriel López del Horno. Madrid [1907].
ALFARO ASINS et al. Diccionario de numismática. Ministerio de Cultura, 2009 (t). CADENAS Y VICENT, Vicente. Diccionario heráldico. Ediciones Hidalguía. Madrid, 1988 (h). GONZÁLEZ DORIA, Fernando. Diccionario heráldico y nobiliario de los reinos de España. Editorial Bitácora, S.A. Madrid, 1987. MONTELLS Y GALÁN, José María de. Diccionario de Órdenes de Caballería y Corporaciones Nobiliarias. Ediciones de la Academia de Genealogía, Nobleza y Armas. Madrid, 1994. RIGALT Y NICOLÁS, Bruno. Diccionario histórico de las Órdenes de Caballería religiosas, civiles y militares de todas las naciones del mundo. Est. Tipográfico de Narciso Ramírez. Barcelona, 1858. JIMÉNEZ PRIEGO. María Teresa. Diccionario ilustrado de la joyería. Asociación Cultural y Científica Iberoamericana (ACCI), Madrid, 2018. Guía para diseñadores y prescriptores de joyería. Centro Tecnológico Andaluz del Diseño, 2009 (g).
LASLO, Alexander J.: A glossary of terms used in phaleristics: the science, study, and collecting of the insignia of orders, decorations, and medals. Dorado Publishing, Alburquerque, 1995.

Voy a ir incluyendo en sucesivas entradas los términos ya incorporados, esperando como siempre, cualquier comentario, corrección o contribución que permitan mejorarlo

ABALORIO
Objeto de adorno vistoso y generalmente de poco valor.

ACERO
(t) Aleación de hierro y carbono, en diferentes proporciones, que, sometida a temple, adquiere elasticidad y dureza. En la industria de la acuñación se utiliza para fabricar punzones, matrices y troqueles.

ACOLAR
Unir dos escudos por sus costados, en señal de la alianza de dos familias.
Poner formando aspa detrás del escudo o alrededor de él ciertas señales de distinción, como llaves, banderas o cadenas.
(h) Cuando dos escudos se ponen juntos para señalar la alianza de dos familias. Colocar detrás, en forma de aspa o rodeando el escudo, llaves, mazas, banderas, espadas, etc.

ACLARADO
(h) Ventana, abertura o hueco por donde penetra la luz en las figuras heráldicas.

ACUÑACIÓN
Acción y efecto de acuñar.
(t) Procedimiento para fabricar monedas y medallas mediante la presión de dos cuños sobre un cospel colocado entre ellos.

ACUÑAR
Imprimir en relieve una pieza de metal destinada a moneda o medalla mediante el golpeo de dos troqueles o cuños previamente grabados en hueco, a través de un martillo o una prensa de volante.

ADORNO
Cosa que adorna.
(h) Todo cuanto se coloque en el exterior del escudo.

ÁGATA
Cuarzo lapídeo, duro, traslúcido y con franjas o capas de uno u otro color.

AGUAMARINA
Variedad de berilo, transparente, de color parecido al del agua del mar y muy apreciada en joyería.

AGUAS
Visos u ondulaciones que tienen algunas telas, plumas, piedras, maderas, etc.

AGUJA
Cualquier objeto alargado y con punta, generalmente de metal.

AGUJERO
Perforación intencionada en la pieza, generalmente para utilizarla como colgante.

ALEACIÓN
Acción de alear. Metal resultante de alear otros.
(t) Producto homogéneo de propiedades metálicas, compuesto de dos o más elementos por fusión conjunta o por aglutinación, donde uno de los cuales, al menos, debe ser un metal.

ALEGORÍA
Representación de una cosa o de una idea abstracta por medio de un objeto que tiene con ella cierta relación real, convencional o creada por la imaginación.
(h) Ficción en virtud de la cual una cosa representa a otra diferente.

ALFONSINA
(f) Pieza confeccionada entre 1874 y 1931 en los reinados de Alfonso XII y Alfonso XIII, o cuyos detalles de diseño corresponden a este periodo.

ALMA
Núcleo que tienen en su interior, como refuerzo o como soporte, algunos objetos.
(t) Núcleo metálico de una moneda.

ALMENADO
(h) Pieza o figura que se adorna con almenas en su parte alta.

ALTA
(h) La espada cuya punta mira hacia la parte superior del escudo.

ALTO RELIEVE
(t) Relieve en el que las diferentes formas sobresalientes, que se adhieren o no a un fondo plano, convexo o cóncavo, representan más de la mitad del volumen real de un cuerpo o de un objeto, sin exceder de las tres cuartas partes de su volumen.

ALPACA
(t) Aleación de cobre, níquel y cinc, de color blanco, utilizada en época contemporánea para la fabricación de medallas por su brillo y dureza, similares a la plata.

ALUMINIO
Metal de color blanco, muy ligero, maleable e inoxidable, que se emplea por esas cualidades en multitud de usos.
(t) Metal de color y brillo similares a los de la plata, ligero, resistente, dúctil y maleable.

AMATISTA
Cuarzo transparente, teñido por el óxido de manganeso, de color violeta más o menos subido, que se usa como piedra fina.

ÁMBAR
Resina fósil de color amarillo más o menos oscuro, opaca o semitransparente, que se emplea en objetos de adorno.

ANAGRAMA
Conjunto de letras principales de un solo nombre, formando un dibujo o figura.

ANCLA
Instrumento fabricado en base a aluminio, hierro o acero, que utilizan los barcos para impedir ser arrastrados por el viento y la corriente, manteniendo en el mismo lugar a la embarcación cuando está en el mar u océano. Algunas partes significativas serían el arganeo, caña, cepo, brazo y cruz.

ÁNCORA
(h) Instrumento de hierro en forma de arpón.

ANILLA
Aro, generalmente de metal, liso o con labores, por el que pasa la cinta de la que penden las cruces o medallas.
Anilla inglesa, británica u horizontal. Se trata realmente de una barra rectangular hueca por donde pasa la cinta, generalmente adornada con motivos vegetales.
Anilla de churro. Aquella cuya sección tiene forma cilíndrica estriada.
Anilla oblonga. La prolongada en sentido horizontal.
Anilla redonda. La circular, lisa o con labores.

ANVERSO
En las monedas y medallas, haz que se considera principal.
(t) Cara o lado principal en las monedas y medallas. En general, se considera anverso a la cara que lleva el retrato o el símbolo del gobernante, el nombre del país emisor o el tipo aparentemente principal.
(h) En monedas y medallas al lado o cara principal.

ARGANEO
Argolla de hierro en el extremo de la capa del ancla.

ARMADO
(h) El animal que tiene las garras, pezuñas o uñas de distinto esmalte que el cuerpo.

ARMAS
Conjunto de las figuras, cada una con su significado, que lleva un escudo.
Escudo o insignias de nobleza de una familia, una ciudad, etc.
(h) Las insignias peculiares de naciones, diputaciones, ayuntamientos, villas, ciudades, linajes y personas para diferenciarse unas de otras.

ASA
Pieza redonda, en la mayoría de los casos, que unida a medallas, cruces y colgantes en general, sirve para permitir el enlace con una cadena directamente o a través de una reasa o segunda asa, que posibilita en elementos planos la correcta colocación para el lucimiento.
Véase anilla.

ASAMBLEA
Reunión de miembros de una colectividad para discutir determinadas cuestiones de interés común, y en su caso, adoptar decisiones. Es el caso de algunas órdenes civiles y militares.

ASCENSO
Promoción a mayor dignidad o empleo.
Cada uno de los grados señalados para el adelanto en una carrera o jerarquía.
(W) Elevación a un empleo superior que alcanza un militar, bien sea por un hecho distinguido, por rigurosa antigüedad o por elección.

ASPA
Agrupación, figura, representación o signo en forma de equis (X).

ATRIBUTO
En obras artísticas, símbolo que denota el carácter y representación de las figuras que lo exhiben.

AZABACHE
Variedad de lignito, dura, compacta, de color negro y susceptible de pulimento, que se emplea en joyería.

domingo, 9 de octubre de 2022

No soy el único

Para los ya iniciados en esta materia, este blog viene a ser una herramienta más de las ya disponibles en internet. Los que quieran iniciarse en ella, tienen aquí varios recursos electrónicos donde informarse
Sin querer agotar el tema, desde luego la parte de mi web coleccionesmilitares.com que trata sobre las condecoraciones
También la página de David Ramírez Falerística: los símbolos de nuestra Historia y anteriormente con el mismo nombre su blog, sin entradas desde diciembre de 2021.
Puede haber contenidos relacionados con esta materia en otras webs de coleccionistas o de temática militar.
Especialmente interesante es el FECOM (Foro Español de Coleccionismo Militar) con secciones dedicadas a las condecoraciones españolas, alemanas y soviéticas entre otras.
Otros foros incluyen algunos contenidos, pero no de forma especializada o temática, pudiendo indicar al menos los siguientes, esperando me perdonen aquellos a los que no cito:
Medallas e insignias de la Guerra Civil, posguerra y franquismo
El Gran Capitán
Museo Aviación Militar española
Uniformes españoles contemporáneos
Orden de la Placa y el Mérito
Zona batida
y por último otro quizás menos conocido, el Foro 1898
Algunos ministerios ofrecen informaciones básicas sobre las condecoraciones que conceden, raramente nada de tipo histórico o novedoso. Además periódicamente cambian la dirección de las mismas, teniendo que buscar de nuevo los enlaces
Por ejemplo, la Dirección General de Protocolo, Cancillería y Órdenes del actual Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, incluye algunas notas sobre la Orden de Isabel la Católica y la Orden del Mérito Civil.
El Ministerio de Defensa no tiene en sus webs nada concreto sobre las recompensas militares. Si hay una de las Reales y Militares Órdenes de San Fernando y San Hermenegildo, con noticias de los actos y asambleas, así como un recorrido histórico y legislativo de ambas órdenes. Se echa en falta listados o acceso a una base de datos donde puedan consultarse los condecorados con las diferentes clases de la Orden de San Fernando.
El Ministerio de Justicia incluye contenidos sobre la Orden de San Raimundo de Peñafort.
En el Ministerio del Interior hay informaciones relacionadas con la Real Orden de Reconocimiento Civil a las Víctimas del Terrorismo.
Pero especialmente interesante puede ser el Registro de Órdenes y Condecoraciones, adscrito a la Subsecretaría de la Presidencia del Gobierno que recoge las concesiones de diversas categorías de órdenes civiles y militares (de estas últimas solo aquellas concedidas a personal civil). Lamentablemente sin actualizar desde 2019.
Para otro día algunos recursos extranjeros que ocasionalmente incluyen condecoraciones españolas.

sábado, 8 de octubre de 2022

Real Orden de Reconocimiento Civil a las Víctimas del Terrorismo

Tal día como hoy, 8 de octubre, pero de 1999, se aprobaba la Ley 32/1999, de Solidaridad con las víctimas del terrorismo que entre otros aspectos, creaba unas distinciones honoríficas con el fin de honrar a las víctimas del terrorismo, en la denominada "Real Orden de Reconocimiento Civil a las Víctimas del Terrorismo". Su reglamento fue aprobado por Real decreto 1974/1999, de 23 de diciembre, estableciendo los grados de Gran Cruz, a conceder, a título póstumo, a los fallecidos en actos terroristas y de Encomienda, para los heridos y secuestrados en actos terroristas. Grados a los que se añadió por Real decreto 107/2018, de 9 de marzo en 2018, el de Insignia, para los que tengan la condición de amenazados, los ilesos en atentado terrorista, así como al cónyuge del fallecido o persona ligada con él por análoga relación de afectividad, los padres, los hijos, los abuelos, los hermanos y los nietos de los fallecidos, así como los familiares de los heridos que hayan sufrido lesiones incapacitantes en sus distintos grados hasta el segundo grado de consanguinidad.


INSIGNIA DE LA ORDEN
Leer más en www.coleccionesmilitares.com
Real Decreto 107/2018, de 9 de marzo, por el que se modifica el Reglamento de la Ley 29/2011, de 22 de septiembre, de Reconocimiento y Protección Integral a las Víctimas del Terrorismo, aprobado por el Real Decreto 671/2013, de 6 de septiembre.
Información relacionada del Ministerio del Interior

Agradecimiento

Gracias a todos por la respuesta y comentarios positivos a esta iniciativa y por los ofrecimientos que he recibido

Comienzo

Como complemento a la web www.coleccionesmilitares.com estreno este blog donde iré poniendo noticias e informaciones relevantes dedicadas a la falerística. Artículos, publicaciones, disposiciones oficiales, cosas curiosas, etc. Como de costumbre, cualquier comentario, contribución o corrección son siempre bienvenidos.
Quien busque esta palabra en el Diccionario de la lengua española de la Real Academia Española, al menos hasta su actualización en línea de 2021, verá que no aparece.
Que mejor inicio entonces, que definir la "falerística", como la disciplina que se ocupa del estudio, descripción, clasificación e inventario de las condecoraciones. A sus cultivadores, coleccionistas principalmente, les interesan no tanto los aspectos doctrinales y jurídicos de los honores y distinciones, que serían objeto del Derecho Premial, como los relacionados con las preseas e insignias en que aquellos se materializan o son representados. En términos semióticos, puede decirse que el objetivo de la Falerística se centra más en los significantes o soportes simbólicos y emblemáticos de las condecoraciones que en el significado o contenido mental, cultural o ideológico que proyectan.
Así empieza la publicación "Falerística española. Estudio de las condecoraciones", un trabajo en coautoría con David Ramírez Jiménez, recientemente publicado por la Confederación Española de Centros de Estudios Locales (CECEL) y que fue entregado como cortesía a los participantes del XV Encuentro Europeo de Asociaciones de Falerística celebrado en Madrid a mediados del mes de septiembre de 2022.

Imposición de medallas de la DANA

La ministra de Defensa ha presidido el acto de imposición de las medallas conmemorativas de la operación llevada a cabo con motivo de la ...