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martes, 1 de noviembre de 2022

Diccionario de falerística y afines (C)

No por conocidos, algunos términos empleados en esta materia requieren de una mayor explicación, pues no es raro que un mismo concepto pueda emplear múltiples palabras. Esto permitirá al aficionado o al curioso encontrar de forma ordenada, el significado de voces que desconoce. Intentando que este sea un diccionario temático, es necesario extenderlo de alguna manera a otras disciplinas afines, conteniendo además notas y comentarios.
Habitualmente las definiciones empleadas serán las del Diccionario de la Lengua Española o el Diccionario de María Moliner, pero algunas palabras incluyen la empleada en uno o varios de los diccionarios militares o de legislación militar clásicos como pueden ser los de Hevia (H), Wartelet (W), Almirante (A) o Bacardí (B), habiéndose también hecho uso de otros específicos de términos heráldicos, numismáticos y de joyería de uso común en la descripción de las condecoraciones.
Varias palabras, así como algunos vocablos que podíamos denominar argot falerístico, (f) han sido propuestos a través del Foro español del coleccionismo militar (FECOM) y otros coleccionistas.

HEVIA, Deogracias. Diccionario general militar de voces antiguas y modernas. Imprenta y estereotipia de M. Rivadeneyra. Madrid, 1857. WARTELET, Jorge d’ (J. D’W. M.). Diccionario militar. Imprenta de Luis Palacios. Madrid, 1863. ALMIRANTE, José. Diccionario militar, etimológico, histórico, tecnológico. Imprenta y litografía del Depósito de la Guerra. Madrid, 1869. BACARDÍ, Alejandro de. Diccionario de legislación militar. Repertorio general y completo de legislación militar. Barcelona, 1885. Además pueden consultarse: MUÑIZ TERRONES, José. Diccionario de legislación militar. Segunda edición. Cádiz, 1885. MUÑOZ CUELLAR, Miguel. Diccionario Legislativo Militar. Imprenta de Gabriel López del Horno. Madrid [1907].
ALFARO ASINS et al. Diccionario de numismática. Ministerio de Cultura, 2009 (t). CADENAS Y VICENT, Vicente. Diccionario heráldico. Ediciones Hidalguía. Madrid, 1988 (h). GONZÁLEZ DORIA, Fernando. Diccionario heráldico y nobiliario de los reinos de España. Editorial Bitácora, S.A. Madrid, 1987. MONTELLS Y GALÁN, José María de. Diccionario de Órdenes de Caballería y Corporaciones Nobiliarias. Ediciones de la Academia de Genealogía, Nobleza y Armas. Madrid, 1994. RIGALT Y NICOLÁS, Bruno. Diccionario histórico de las Órdenes de Caballería religiosas, civiles y militares de todas las naciones del mundo. Est. Tipográfico de Narciso Ramírez. Barcelona, 1858. JIMÉNEZ PRIEGO. María Teresa. Diccionario ilustrado de la joyería. Asociación Cultural y Científica Iberoamericana (ACCI), Madrid, 2018. Guía para diseñadores y prescriptores de joyería. Centro Tecnológico Andaluz del Diseño, 2009 (g).
LASLO, Alexander J.: A glossary of terms used in phaleristics: the science, study, and collecting of the insignia of orders, decorations, and medals. Dorado Publishing, Alburquerque, 1995.

Voy a ir incluyendo en sucesivas entradas los términos ya incorporados, esperando como siempre, cualquier comentario, corrección o contribución que permitan mejorarlo

CABALLERO
Miembro de una orden civil o militar.
Miembro de una orden de caballería.
En las órdenes de distinción, dignidad inferior a la de oficial.
(W) Título de nobleza creada en los tiempos más remotos. Hidalgo de calificada nobleza.

CABRIO
(h) Pieza que tiene la forma de un compás abierto.

CADENILLA
Cadena estrecha, generalmente colocada en la solapa, de la que van pendientes las condecoraciones en tamaño miniatura.

CALABROTE
Cabo grueso hecho de nueve cordones colchados de izquierda a derecha, en grupos de a tres, y en sentido contrario cuando se reúnen para formar el cabo, utilizado generalmente para amarras en los buques.
Figura utilizada en joyería en forma de nudo marinero, con cabos entrelazados, que ha derivado a una especie de botón plano con dos agujeros.

CALADO
Labor que consiste en taladrar un metal u otra materia, con sujeción a un dibujo.
(t) Técnica decorativa consistente en perforar una pieza con utensilios cortantes. La extracción del material permite el paso de la luz a través de los orificios, los cuales suelen presentar formas geométricas (triángulos, círculos, etc.).

CALAR
Perforar una pieza de metal agujereando los dibujos previamente trazados en su superficie.

CAMPO
(t) Superficie del anverso o del reverso de la moneda o de la medalla no ocupada por los tipos y las leyendas.

CAMPO DEL ESCUDO
(h) Superficie interior del escudo donde se pintan las figuras.

CANCILLERÍA
Oficina especial que lleva los asuntos de una orden civil o militar, como la tramitación de las propuestas de concesión de insignias, la instrucción de los expedientes, petición de informes, expedición de los títulos, etc.

CANTO
(t) Borde exterior y lateral que delimita las dos caras de la moneda o de la medalla. A veces lleva decoraciones o leyendas.
Canto dentado. Véase canto serrado.
Canto epigráfico. Canto que presenta una inscripción.
Canto estriado. Canto decorado con estrías paralelas.
Canto liso. Canto sin decoración.
Canto resaltado. Canto con un resalte, llamado listel, que permite apilar las piezas sin daño para los tipos. Es propio de las monedas contemporáneas.
Canto serrado. Canto en forma de dientes de sierra, a veces también llamado dentado.
(f) En las cintas de condecoraciones, extremo de ellas, habitualmente de distinto color que el resto.

CAÑA
En un ancla, parte entre la cruz y el arganeo.

CAPÍTULO
En las órdenes militares, junta de los caballeros y demás vocales de alguna de ellas para sus asuntos comunes.

CARA
(t) Cada una de las superficies de una moneda, medalla u objeto monetiforme en general.
(h) Anverso de medallas y monedas.

CARGADAS
Todas las piezas sobre las cuales se pintan otras.

CARTELA
(h) Pieza pequeña y rectangular, que se pone verticalmente en el escudo.
Cartela natural. La que se representa por medio de una tira arrollada en sus extremos.

CARTONES
(h) Adorno que imita las hojas largas de algunas plantas.

CASA DE MONEDA
Instalación donde se funde, fabrica y acuña moneda.
Véase ceca.

CASTILLO
Ha de tener como mínimo tres torres. Los esmaltes para los castillos están sometidos a las siguientes reglas: castillo de color, puertas y ventanas de metal; castillo de oro, puertas y ventanas de gules; castillo de plata, puertas y ventanas de sable.

CATÁLOGO
Relación ordenada en la que se incluyen o describen de forma individual artículos que están relacionados entre sí, por ejemplo cruces, medallas, órdenes, condecoraciones en general, etc.

CATEGORÍA
Cada una de las clases o divisiones establecidas al clasificar algo.
Véase clase y grado.

CECA
Lugar de producción, taller o edificio donde se fabrica la moneda y, por extensión, la ciudad donde se acuña moneda.
Véase casa de moneda.

CÉDULA
Documento oficial en que se acredita o se notifica algo.
(W) Orden, decreto o documento para acreditar algún derecho o preeminencia en recompensa de buenos servicios prestados a la nación.
Cédula real. Despacho real concediendo alguna gracia a un militar o a un cuerpo de tropas en recompensa del mérito de guerra o fidelidad.

CEPO
En un ancla, pieza de hierro, que se adapta a la caña del anclaje cerca del arganeo para que alguna de las uñas penetre y agarre en el fondo.

CEREMONIA
Acción o acto exterior arreglado, por ley, estatuto o costumbre, para dar culto a las cosas divinas, o reverencia y honor a las profanas.

CERTIFICADO
Acción y efecto de certificar.
Documento en que se asegura la verdad de un hecho.
(W) Testimonio, atestado, comprobante o documento justificativo que expide una autoridad militar o un jefe de cuerpo a fin de acreditar los servicios de un individuo que sirve o ha servido a sus órdenes.

CHAPA
Trozo plano, delgado y de grosor uniforme de cualquier material duro, particularmente, de metal.
Materia prima para la confección de condecoraciones.

CHAPADO
Recubierto de una capa, particularmente de un metal precioso.
Baño de tratamiento que puede darse a las condecoraciones.

CHASIS PORTAMEDALLA
Pasador metálico para condecoraciones. Conjunto formado por tres piezas metálicas unidas a modo de bisagra en su extremo derecho. El armazón frontal es un marco con rectángulo interior y borde exterior. Lleva una placa metálica rectangular de las mismas dimensiones que la pieza anterior, que permite fijar la cinta adecuadamente y un sistema de cierre basado en un alfiler que descansa sobre un enganche situado en el extremo opuesto.

CHATARRA
Conjunto de trozos de metal viejo o de desecho, especialmente de hierro.
Conjunto de condecoraciones o de joyas, especialmente de poco valor.

CHIBALETE
Mueble de madera usado en las imprentas que en su día albergaba los tipos móviles de plomo. Puede adaptarse el interior de sus cajones para guardar otros objetos, como condecoraciones, accesorios, diplomas, etc.
Véase medallero.

CIFRA
Cada uno de los signos utilizados para representar el cero y los nueve primeros números, y que colocadas sobre las cintas de las condecoraciones, indican el número de períodos calificados que ha estado el mismo individuo en una operación.

CINC
(t) Metal blando de color blanco azulado y brillo intenso, utilizado, tanto en estado puro como en aleación, para fabricar monedas y medallas.

CINCELAR
Acción de labrar o esculpir con cinceles a golpe de maceta sobre una pieza de metal.

CINTA
Tejido de seda, hilo o lana, plano, largo y estrecho, con que se ata, ciñe o adorna algo.
Las cintas de las condecoraciones suelen tener varios anchos, adoptan diversos colores y composiciones y de ellas penden las medallas y cruces.

CIRCONITA
Gema artificial que imita al diamante, mineral sintético.

CITACIÓN
Acción de citar, hacer mención de alguien.
Premio de actuaciones destacadas en cumplimiento del deber y méritos contraídos durante el transcurso de operaciones en conflictos armados.

CLASE
Nivel, grado o la precedencia de un premio; algunos están numerados de forma que el primero suele ser el de mayor grado; también pueden nombrarse las clases por el nombre, como: gran cruz, comendador, oficial, caballero, etc. Ver categoría y grado.

COBRE
Elemento químico metálico, de color rojo pardo, brillante, maleable que forma aleaciones, como el latón o el bronce y se usa en la fabricación de monedas.
(t) Metal de color rojo pardo, brillante, maleable y dúctil, aunque resistente, muy utilizado para la fabricación de moneda, tanto puro como en aleación.
(W) Cuerpo metálico de color rojo, moreno, sonoro, dúctil y tenaz.

COLECCIÓN
Conjunto ordenado de cosas, por lo común de una misma clase y reunidas por su especial interés o valor.

COLECCIONISMO
Práctica de coleccionar.

COLLAR
Conjunto de piezas metálicas engarzadas que se colocan sobre los hombros y alrededor del cuello; en la parte anterior lleva una cruz o figura que descansa sobre el pecho.
(W) Recompensa militar que consistía en un collar o cadena de oro, a veces de piedras preciosas que los reyes concedían a los generales y aun a los simples caballeros cuando se distinguían en los combates.
(h) Ornamento del escudo que lo circuye, llevando pendiente de la punta la condecoración correspondiente.

COLOFONIA
Resina sólida, producto de la destilación de la trementina, entre otros usos para unir y sellar determinados elementos de una condecoración.
Véase lacre.

COLOR
Pátina artificial que se aplica a las medallas de cobre o bronce después de acuñarlas y que altera levemente su aspecto superficial. Los tonos abarcan una amplia gama de castaños, desde el más rojizo hasta el más oscuro.
Aunque excepcionalmente pueden usarse otros, en heráldica los más frecuentes son estos cinco: azur o azul, gules o rojo, sable o negro, sinople o verde y púrpura o morado.
Véase esmalte.

COMENDADOR
Caballero que tiene encomienda en alguna de las órdenes militares o de caballería.
En las órdenes de distinción dignidad superior a la de oficial e inferior a la de gran cruz.
(W) El caballero de cualquiera de las órdenes militares que disfrutaba una encomienda por el cual tenía el mando de cierto número de soldados.

CONCEDER
Dar, otorgar, hacer merced y gracia de algo.

CONCESIÓN
Acción y efecto de conceder.
Cosa concedida, particularmente por la administración. Puede ser con carácter individual o colectivo y también a título póstumo.

CONDECORACIÓN
Acción o efecto de condecorar.
Cruz, placa, venera u otra insignia semejante de honor y distinción.
(W) Distintivo honorifico que se concede a un militar por acciones de guerra, hechos heroicos, actos de valor o años de servicio. Consiste en una cruz, medalla, placa o escudo pendiente de una cinta de determinados colores, que muchas veces hacen alusión al hecho que se premia; se lleva al lado izquierdo del pecho. También es un escudo que se pone en el antebrazo.
(f) Distintivo honorífico, cruz, placa, medalla, escudo concedido por acción de guerra o en general por méritos y servicios.

CONDECORADO
(W) El militar que usa la condecoración que ha recibido como premio de su valor o fidelidad.

CONDECORAR
Dar a alguien honores o condecoraciones.
(W) Dar, conceder, conferir condecoraciones como recompensa.

CONSERVACIÓN
Aunque no hay un sistema que describa la condición general de las condecoraciones, y que ayude a la tasación, se incluye los términos establecidos para monedas. En la evaluación hay varios factores a menudo subjetivos que pueden ser considerados: atractivo visual o interés estético de la moneda, abolladuras en el canto, cualquier rayón u otros defectos en la superficie, brillo, nivel de detalle, etc. Los daños de cualquier tipo (por ejemplo, agujeros, marcas de golpes de punta, reparaciones, limpieza, regrabado o estrías) puede reducir sustancialmente el valor.
Pruebas o proof: suelen ser las primeras que se fabrican con el nuevo troquel y que tienen un brillo especial llamado fondo espejo.
Flor de cuño (FDC): a la hora de fabricarlas se utilizan cuños nuevos generando mayor presión de la normal para que se queden marcados más profundamente todos los detalles.
Sin circular (SC): la que no ha sido circulada, pudiendo tener alguna marca por el proceso de fabricación. (SC+): casi sin circular; aparte de alguna marca del proceso de fabricación puede tener alguna marca leve del uso.
Excelente buena conservación (EBC): en la mayoría de casos puede tener casi todo el brillo original, debiendo apreciarse perfectamente casi todos los detalles; puede tener un ligero desgaste. (EBC+): mejor conservada que la anterior y la única diferencia es que deben de apreciarse perfectamente todos los detalles; puede tener un ligero desgaste.
Muy buena conservación (MBC): uso moderado pero conserva buen relieve; desgaste uniforme en general pero los detalles tienen notarse y los rasgos principales nítidos. (MBC+): algo mejor conservada que la anterior ya que debe de haber alguna zona en la que se distinga su brillo original.
Buena conservación (BC): bastante utilizada y desgastada en las leyendas y anagramas; con marcas y golpes; debe de contener algún detalle visible. (BC-): igual que la anterior pero presenta peor estado; muy utilizada y desgastada aunque se aprecian los detalles del diseño de origen.
Regular conservación (RC): muy desgastada ya que no se aprecia el reborde; puede que no se vean algunas letras o fechas.
Mala conservación (MC): solamente se aprecian las siluetas; se tiene que identificar la pieza; generalmente suelen presentar un color muy oscuro y sucio.

CONTRASTAR
Ensayar o comprobar y fijar la ley, peso y valor de las monedas o de otros objetos de oro o plata, y sellar estos últimos con la marca del contraste cuando ejecuta la operación el perito oficial.

CONTRASTE
Marca que se graba en objetos de metal noble como garantía de haber sido contrastado.

CORAL
Masa de naturaleza calcárea y ramificada de color rojo o rosado, que después de pulimentado, se emplea en joyería.

CORBATA
Cinta de un ancho entre el de la cinta y la banda con longitud variable, que pende de las moharras de las enseñas, que puede o no ir rematada en flecos de oro o plata, y que lleva bordadas las insignias de una recompensa, que premia de una manera colectiva a una unidad o entidad.
(W) Adorno que se pone en las banderas y estandartes, el cual consiste en una cinta o listón de seda bordado de oro o plata, guarnecido de franjas, que se ata como una corbata en forma de roseta al asta de dichas insignias por debajo del hierro o moharra.
(f) En las banderas, cinta o listón de honor que se ata junto a la moharra.

CORDÓN
Cuerda hecha de seda u otro material más fino, generalmente trenzado, que se emplea para adorno o para atar cosas, del que pueden ir pendientes del cuello algunas insignias.

CORDONCILLO
Línea en relieve de las que forma el tejido en algunas telas; adorno del borde de las monedas y medallas; bordado que consiste en una línea.
(t) Motivo acuñado en el canto de la moneda para evitar su recorte y su falsificación. Aunque al principio imitaba un cordón, posteriormente adoptó otras formas: cadeneta, hojas, estrías y motivos florales, principalmente.

CORINDÓN
Piedra preciosa, la más dura después del diamante. Es alúmina cristalizada y hay variedades de diversos colores y formas.

CORONA
Aro, hecho de flores, de ramas o de metal, que ciñe la cabeza y se usa como adorno, insignia honorífica o símbolo de dignidad o realeza.
(W) Ornamento, insignia honorífica que ciñe la cabeza y es de varias formas, según las personas a quienes corresponde llevarlas en señal de sus títulos.

CORONA ABIERTA
La que no lleva diademas.

CORONA DUCAL
Corona de oro, sin diademas y con el cerco engarzado de pedrería y perlas realzado con ocho florones semejantes a las hojas de apio.

CORONA IMPERIAL
De oro con ocho florones y un bonete de escarlata en forma de mitra con dos listas franjeadas al cabo, pendientes a sus lados, abierto y sostenido por tres diademas de oro, cargadas de perlas y la central sosteniendo un globo, surmontado de una cruz.

CORONA MURAL
De oro, realzada con almenas y torres del mismo metal.

CORONA OLÍMPICA
Con cogollos de olivo.

CORONA REAL DE ESPAÑA
Constituida por un cerco, o cintillo de oro, cubierto de perlas y piedras preciosas, realzado de ocho florones de forma de hojas de apio levantadas, entre las que se interponen ocho puntas más bajas rematadas en su punta por perlas, y apoyadas en los florones sendas diademas de oro cargadas de perlas y unidas al centro, cimadas de un globo centrado y cruzado de una cruz de oro.

CORONADO
(h) Escudo que lleva por timbre una corona. Igualmente se denomina coronado al león, águila, casco, etc.

CORPORACIÓN
Organización compuesta por personas que, como miembros de ella, la gobiernan.
Corporación nobiliaria. La caracterizada por la presencia de una finalidad devocional espiritual, por la estimación de la calidad personal en sus integrantes y con una vocación inherente de defensa de la iglesia y de la corona.

CORROER
Destruir paulatinamente un cuerpo metálico alterando o no su forma.

CORROSIÓN
Acción e efecto de corroer.
Desgaste paulatino de los cuerpos metálicos por acción de agentes externos, persista o no su forma.

COSPEL
(t) Bola o disco de metal, de calidad y peso controlados, sobre el que se acuñan los tipos de la moneda o la medalla.

CRISOL
Vaso más ancho por arriba que por abajo, hecho de material refractario o hierro fundido, que se emplea para fundir o purificar metales a temperatura muy elevada.

CRUZ
Insignia formada por dos líneas que se atraviesan o cortan en ángulo recto y que reciben el nombre de brazos, confeccionada con metales y esmaltes, que se lleva al pecho pendiente de una cinta estrecha.
(W) Distinción concedida por algún mérito de guerra o por años de servicio.
(f) En general condecoración, aunque no tenga precisamente esta forma.
Unión de la caña del ancla con los brazos.

CRUZ DE ALCÁNTARA
La de sinople flordelisada de trazos iguales.

CRUZ DE ASTURIAS
Llamada de la Victoria. De oro guarnecida de piedras preciosas, cuya realización tuvo lugar en el año 908.

CRUZ DE BORGOÑA
Aspa o cruz de San Andrés.
(h) Aspa formada por ramas que las menores aparecen cortadas.

CRUZ DE CALATRAVA
La de gules flordelisada de trazos iguales.

CRUZ DE MALTA
Formada por un corte diagonal en cada uno de sus ángulos. La moderna hendida en sus brazos. De ocho puntas y plata.

CRUZ DE MONTESA
Cruz llana de gules, colocada en hueco, sobre una cruz flordelisada de sable.

CRUZ DE SABOYA
Cruz plena, producto de combinar una faja y un palo. Cruz de plata en escudo de gules.

CRUZ DE SAN JORGE
La de gules, de brazos iguales y lisos.

CRUZ DE SANTIAGO
Latina de gules en forma de espada, que es lo que simboliza, con los extremos del travesaño floronados y el pomo en punta de lanza.

CRUZ FLORDELISADA
La cruz cuyos brazos terminan en flores de lis.

CRUZ GRIEGA
Con los cuatro brazos iguales o cuadrada.

CRUZ LATINA
Con el travesaño en el primer cuarto del palo.

CRUZ PATADA (PATÉ)
La que tiene ensanchados sus extremos.

CRUZ POTENZADA
La que tiene sus extremos de manera de potenza.

CRUZ TREBOLADA
La cruz cuyos brazos terminan en hojas de trébol.

CUARTEL
(h) Una o varias de las divisiones o subdivisiones en que se puede distribuir el escudo.

CUARTELADO
(h) Escudo dividido en los cuarteles que haya que tener, siguiendo las reglas de la heráldica.

CUARTELADO EN CRUZ
(h) Escudo formado por el partido y el cortado, siendo cuarteado su verdadero nombre.

CUARZO
Mineral formado por la sílice, incoloro en estado puro y de color variable según las sustancias con que esté mezclado, y tan duro que raya el acero.
Cuarzo citrino. Variedad de color amarillo.

CUCARDA
Escarapela.

CUÑO
Troquel, ordinariamente de acero, con que se sellan la moneda, las medallas y otras cosas análogas.
(t) Pieza de metal con la cual se imprimen los tipos en las monedas, medallas y objetos análogos. Al principio los cuños eran de bronce, aunque posteriormente fue utilizándose para su fabricación el hierro y, finalmente, el acero, metales más duros y resistentes.

domingo, 30 de octubre de 2022

¿Sabías que ...? (I)

En las órdenes del Toisón de Oro, Carlos III, Isabel la Católica y Mérito Civil las insignias del Collar son propiedad de la Orden.
Por ello los herederos, sucesores o testamentarios quedan obligados a devolverlas a las cancillerías respectivas, al fallecer los condecorados.
Así se indica por ejemplo en las Constituciones de la Insigne Orden del Toisón de Oro, de 27 de noviembre de 1431:
Queremos asimismo y establecemos, que cuando fallezca algún Caballero, sus herederos y sucesores en el termino de tres meses siguientes a su fallecimiento entreguen o remitan al Tesorero de la Orden el collar que recibió el tal Caballero al tiempo de ser admitido, y se les de por el mismo Tesorero un recibo para su resguardo, con lo cual serán descargados, y no de otra manera.
Tras el fallecimiento el 8 de septiembre de 2022, de Isabel II, Reina del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, el Toisón que le fue concedido en 1989, debería ser devuelto. Imagino, no obstante, que le será concecido igualmente al nuevo Rey Carlos III.
Para la Orden de Carlos III, el Real decreto 1051/2002, de 11 de octubre indica en su Artículo 12. Devolución de las insignias, lo siguiente:
1. Al fallecimiento de los condecorados con el grado de Collar, sus herederos quedan obligados a la devolución de las insignias a la Cancillería de la Orden. Dicha devolución será realizada a través de las Representaciones Diplomáticas u Oficinas Consulares españolas en el exterior, si los familiares residieran fuera de España. La Cancillería de la Orden expedirá el correspondiente documento que acredite dicha devolución.
2. El fallecimiento de los condecorados con los restantes grados no obliga a sus herederos a la devolución de las insignias, aunque el óbito deberá ser comunicado a la Cancillería de la Orden por el mismo procedimiento señalado en el apartado anterior, para su constancia.
Algo similar a lo que se indica en el Atículo 11 del Real decreto 2395/1998, de 6 de noviembre, que aprueba el reglamento de la Orden de Isabel la Católica:
1. Al fallecimiento de los condecorados con el grado de Collar, sus herederos quedan obligados a la puntual devolución de las insignias a la Cancillería de la Orden. Dicha devolución será realizada a través de las representaciones diplomáticas u oficinas consulares españolas en el exterior, si los familiares residieran fuera de España. La Cancillería de la Orden expedirá el correspondiente documento que acredite dicha devolución.
2. El fallecimiento de los condecorados con los restantes grados, no obliga a sus herederos a la devolución de las insignias, aunque el óbito deberá ser comunicado a la Cancillería de la Orden por el mismo procedimiento señalado anteriormente, para su debida constancia.
Repitiéndose en el Artículo 12 del Real decreto 2396/1998, de 6 de noviembre, por el que se aprueba el reglamento de la Orden del Mérito Civil:
1. Al fallecimiento de los condecorados con el grado de Collar, sus herederos quedan obligados a la puntual devolución de las insignias a la Cancillería de la Orden. Dicha devolución será realizada a través de las Representaciones Diplomáticas u Oficinas Consulares españolas en el exterior, si los familiares residieran fuera de España. La Cancillería de la Orden expedirá el correspondiente documento, que acredite dicha devolución.
2. El fallecimiento de los condecorados con los restantes grados, no obliga a los herederos a la devolución de las insignias, aunque el óbito deberá ser comunicado a la Cancillería de la Orden por el mismo procedimiento señalado anteriormente, para su debida constancia.
Collar de la Orden del Mérito Civil, cortesía de Condecoralia Artesanos

viernes, 28 de octubre de 2022

Condecoraciones que no fueron (Medalla de Santa Marta)

Otras entradas de este blog incluirán informaciones sobre condecoraciones propuestas y que aparentemente no llegaron a regularse y concederse.
Si alguno de los lectores tiene mayor información, o quien sabe, alguna pieza real de estas, estaré encantando de corregir o complementar lo aquí expuesto.

El Archivo General de Indias (AGI) en la signatura MP-MONEDAS,20, incluye el diseño de una medalla por méritos contraidos entre 1813 y 1815, de Santa Marta.
Se trata de una medalla ovalada que en el centro del anverso lleva una alegoría y en la bordura la inscripción POR FERNANDO 7º. CONSTANCIA. Alrededor una orla de eslabones.
El centro del reverso lleva la inscripción en seis líneas EN CAR- / TAGENA / DE INDIAS / 1813 / 1814 / 1815.
Pendiente de cinta estrecha formando lazo, sin poder determinar exactamente los colores
Sin digitalizar

jueves, 27 de octubre de 2022

Bibliografía (II)

Los derechos de autor de los objetos digitales de diversas instituciones archivísticas y museísticas han pasado a dominio público, por lo que varios de los que se relacionan pueden encontrarse para su descarga libre y gratuita.
Colecciones legislativas

Gaceta de Madrid, 1808-1814.

Gazeta ministerial de Sevilla, 1808-1809.

Gaceta de la regencia de España e Indias, 1810-1814.

Apéndice a los tomos I, II, III y IV de la obra Decretos del Rey D. Fernando VII, 1814-1817.

Decretos del Rey don Fernando VII, 1814-1823.

Decretos del Rey nuestro Señor don Fernando VII, y reales ordenes, resoluciones y reglamentos generales expedidos por las secretarías del despacho universal y consejos de S. M., 1824-1833.

Decretos de la Reina nuestra Señora doña Isabel II, dados en su real nombre por su augusta madre la Reina Gobernadora, y reales ordenes, resoluciones y reglamentos generales expedidos por las secretarías del despacho universal, 1834-1836.

Boletín oficial de la zona de influencia española en Marruecos. 1913-1918.

Boletín oficial de la zona de Protectorado español en Marruecos. Año VI, n. 23 (10 dic. 1918)-n. 14 (6 abr. 1956).

Boletín oficial de la zona norte de Marruecos. Año XLIV, n. 15 (13 abr. 1956).

Boletín oficial de los Territorios Españoles del Golfo de Guinea.

Colección de las leyes, decretos y declaraciones de las cortes y de los reales decretos, órdenes, resoluciones y reglamentos generales expedidos por las secretarias del despacho, 1837-1842.

Colección de las leyes, decretos y declaraciones de las cortes, y de los reales decretos, órdenes, resoluciones y reglamentos generales expedidos por los respectivos ministerios, 1843-1845.

Colección de las leyes, reales decretos, órdenes, reglamentos, circulares y resoluciones generales espedidas por el Ministerio de la Guerra. 1839-1846.

Colección legislativa de España, 1846-1890.

Colección legislativa de España. Legislación y disposiciones de la administración central, 1891-1897.

Colección legislativa de España. Legislación y disposiciones de la administración central, 1898-1933.

miércoles, 26 de octubre de 2022

Orden civil de África

Siguiendo con el "calendario" de aniversarios de varias órdenes y medallas, tal día como hoy, 26 de octubre, se cumplen 89 años de la creación, en 1933, de la Orden Civil de África destinada a "premiar los méritos que contraigan los ciudadanos de uno y otro sexo en el ejercicio de las actividades beneficiosas para el interés público en la zona española de Protectorado en Marruecos, en los territorios coloniales de África y, en general, en el continente africano".
Constaba de los siguientes grados: Banda, Placa, Encomienda, insignia de Oficial, insignia de Caballero, Medalla de plata y Medalla de bronce.
Las insignias debían simbolizar a la metrópoli, a las colonias españolas y a la zona española de Protectorado en Marruecos.
La banda como una cinta de seda de colores morado y verde, por mitad, uniendo los extremos de dicha banda un lazo de la misma clase de cinta, del que pendía la venera de la Orden, formada por una circunferencia de esmalte blanco, rematada en la parte superior por la corona mural de oro; como fondo, y sobre ópalo, unas hojas de pita y sujetas por un lazo de esmalte morado en la parte inferior del mismo, hojas verdes de nipa, y entre éstas y aquéllas irá una reducción del escudo nacional. Por bajo del lazo de esmalte morado irá una media luna plateada.
La placa como la venera anterior, sobre una estrella de ocho puntas con ráfagas de plata.
La encomienda, la venera pendiente del cuello por una cinta de los colores señalados. Los oficiales y caballeros una insignia pendiente un pasador con los colores citados. En los oficiales la insignia será de oro y en los caballeros de plata.
Las medallas son de plata y de bronce, llevando en relieve la venera descrita.
Tras la Guerra Civil queda unos años sin otorgarse, hasta que el 11 de febrero de 1950 se modifica el reglamento, y se destina a premiar los méritos contraídos por el personal civil o militar, metropolitano o indígena, en el ejercicio de las actividades beneficiosas para el interés público en el continente africano.
Estableciéndose las siguientes categorías: Gran Oficial, Comendador con Placa, Comendador, Oficial y Medalla de Plata.
Se modifica igualmente el diseño adaptando las insignias a la nueva heráldica del estado
La insignia de Gran Oficial estaba constituida por banda y placa. La banda de color verde, con perfiles rojos, colocados cerca de ambos bordes, cuyos extremos se unen con un lazo, del que pende la venera de la Orden, formada por un aro dorado rematado en la parte superior por una anilla para colgarla del lazo que une los extremos de la banda; como fondo y sobre el ópalo irán unas hojas de pita, y en la parte inferior y unidas por un lazo de esmalte rojo, otras hojas verdes de nipa; entre unas y otras llevará una reducción del escudo nacional, y debajo del lazo, una media luna plateada que apoyará sus extremos en los del lazo.
La placa, de los Caballeros Gran Oficial se llevaba en el lado izquierdo del pecho, y era la venera pero con el aro de esmalte blanco en lugar de dorado sobre una estrella de ocho puntas de ráfagas de oro.
La de Comendador con Placa era la venera igual pendiente de una cinta en el cuello, y de una placa, con la venera sobre una estrella de ocho puntas de ráfagas de plata, que se llevaba en el lado izquierdo del pecho.
Insignia de Comendador. Igual a la anterior, pero sin placa.
Insignia de Oficial. Venera pendiente de un pasador mediante una cinta con los colores de la banda, que se ostentará en el lado izquierdo del pecho.
La Medalla plata, llevaría en relieve la venera descrita pendiente de un pasador por medio de una cinta de idénticas características a la insignia de Oficial.
Casi un año después se asimilan los grados antiguos a los nuevos: Banda, corresponde a Caballero Gran Oficial; Placa, a Caballero Comendador con Placa; Encomienda, a Caballero Comendador; Oficial, a Caballero Oficial, y Medalla de Plata, a Caballero Medalla de Plata.

En el periodo republicano las concesiones no parecen guardar una periodicidad u ocasión para ello. Desde 1950, las concesiones tenían lugar habitualmente en las festividades del 6 de enero (Pascua Militar), 1 de abril (aniversario del fin de la guerra civil), 18 de julio (aniversario del Alzamiento) y 1 de octubre (aniversario de la exaltación de Franco a la Jefatura del Estado). Desde 1975 estas concesiones se realizaron los días 6 de enero y 24 de junio (Santo del rey Juan Carlos –entonces Príncipe–) de cada año.
Revisando los registros, es habitual encontrar personalidades marroquíes, saharauis y guineanas, además por supuesto de ciudadanos españoles.
Esta orden no está formalmente derogada, pero desde el 24 de junio de 1977 no se han producido concesiones. Se elaboró una amplia propuesta extraordinaria de unas 600 personas, con motivo de la evacuación de Sahara, que finalmente no se resolvió.
Sería una buena opción recuperar la orden para premiar los mismos servicios, por lo que habría que confeccionarse nuevos diplomas actualizados donde figurara como gran maestre el Rey, por su condición de Jefe de Estado.
Insignias de la Orden 1933-1939 y desde 1950

sábado, 22 de octubre de 2022

Ley 20/2022, de Memoria Democrática

Ley 20/2022, de 19 de octubre, de Memoria Democrática
Se traslada solo lo que está relacionado con las condecoraciones
Sección 2.ª Distinciones, condecoraciones y títulos
Artículo 40. Revisión de reconocimientos, honores y distinciones.
Las administraciones públicas, en el ejercicio de sus competencias y con arreglo a los correspondientes procedimientos, adoptarán las medidas oportunas para revisar de oficio o retirar la concesión de reconocimientos, honores y distinciones anteriores a la entrada en vigor de esta ley que resulten manifiestamente incompatibles con los valores democráticos y los derechos y libertades fundamentales, que comporten exaltación o enaltecimiento de la sublevación militar, la Guerra o la Dictadura o que hubieran sido concedidas con motivo de haber formado parte del aparato de represión de la dictadura franquista.
Artículo 41. Supresión de títulos nobiliarios.
[...]
2. Queda suprimida la Orden Imperial del Yugo y las Flechas.
Artículo 42. Revisión y revocación de condecoraciones y recompensas.
1. Las condecoraciones y recompensas concedidas con anterioridad a la entrada en vigor de esta ley, podrán revisarse cuando quede acreditado que el beneficiario, antes o después de la concesión, con motivo de haber formado parte del aparato de represión de la dictadura franquista, hubiera realizado actos u observado conductas manifiestamente incompatibles con los valores democráticos y los principios rectores de protección de los derechos humanos, así como con los requisitos para su concesión.
2. Dichos actos o conductas podrán resultar de sentencia penal firme, de diligencias judiciales, de la Fiscalía o policiales, de la imposición de sanción disciplinaria firme o de cualquier otro medio de prueba admisible en derecho.
3. La revocación de las recompensas concedidas antes de la entrada en vigor de esta ley exigirá la tramitación de un procedimiento contradictorio, que solo podrá iniciarse de oficio y a iniciativa del titular del departamento competente, y se instruirá y resolverá por los órganos competentes para tramitar los procedimientos de concesión.
4. La revisión y revocación también podrá llevarse a cabo a título póstumo cuando la persona condecorada ya hubiera fallecido. En todo caso, la retirada determinará la pérdida de todos los derechos anejos a la recompensa, incluso los económicos, y producirá efectos a partir de la notificación de la resolución que la declare.
Disposición adicional tercera. Revisión y revocación de las recompensas previstas en la Ley 5/1964, de 29 de abril, sobre condecoraciones policiales, y de la Ley 19/1976, de 29 de mayo, sobre creación de la Orden del Mérito del Cuerpo de la Guardia Civil.
1. El Consejo de Ministros o, en su caso, el Ministro del Interior podrán revisar de oficio o revocar las resoluciones de concesión de las recompensas otorgadas para premiar los hechos o servicios meritorios realizados o prestados tanto por personas físicas como por personas jurídicas al amparo de la Ley 5/1964, de 29 de abril, sobre condecoraciones policiales, y de la Ley 19/1976, de 29 de mayo, sobre creación de la Orden del Mérito del Cuerpo de la Guardia Civil.
La revisión de oficio y la revocación a las que se refiere esta disposición adicional serán aplicables a las resoluciones de concesión de recompensas anteriores a la entrada en vigor de esta ley.
2. Las resoluciones de concesión serán revisables de oficio cuando incurran en cualquiera de las causas de nulidad de pleno derecho o de anulabilidad previstas en los artículos 47.1 y 48.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. El procedimiento para la declaración de nulidad, o para la declaración de lesividad a efectos de su posterior impugnación ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo será, respectivamente, el regulado en los artículos 106 y 107 de la mencionada ley.
3. Asimismo, las resoluciones de concesión podrán revocarse cuando, con posterioridad a las mismas, dejen de concurrir en la persona o entidad las circunstancias personales o profesionales que en su momento fueron determinantes de la concesión de la recompensa. Igualmente podrán revocarse cuando quede acreditada la realización por el beneficiario, antes o después de la concesión, de actos manifiestamente incompatibles con el ingreso o la permanencia en la Orden del Mérito Policial o en la Orden del Mérito de la Guardia Civil.
Los actos manifiestamente incompatibles con el ingreso o la permanencia en las mencionadas órdenes podrán resultar de sentencia penal firme, de diligencias judiciales, de la Fiscalía o policiales, de la imposición de sanción disciplinaria firme o de cualquier otro medio de prueba admisible en derecho.
4. La revisión de oficio y la revocación de las resoluciones de concesión de recompensas exigirán la tramitación de un procedimiento contradictorio que solo podrá iniciarse de oficio y a iniciativa del Ministerio del Interior, y se instruirá y resolverá por los órganos competentes para tramitar los procedimientos de concesión.
La declaración de nulidad, la anulación y la revocación de las resoluciones por las que se concedieron las recompensas determinará la pérdida de los derechos anejos correspondientes, incluso los económicos, y producirá efectos a partir de la notificación de la resolución que la declare.

Diccionario de falerística y afines (B)

No por conocidos, algunos términos empleados en esta materia requieren de una mayor explicación, pues no es raro que un mismo concepto pueda emplear múltiples palabras. Esto permitirá al aficionado o al curioso encontrar de forma ordenada, el significado de voces que desconoce. Intentando que este sea un diccionario temático, es necesario extenderlo de alguna manera a otras disciplinas afines, conteniendo además notas y comentarios.
Habitualmente las definiciones empleadas serán las del Diccionario de la Lengua Española o el Diccionario de María Moliner, pero algunas palabras incluyen la empleada en uno o varios de los diccionarios militares o de legislación militar clásicos como pueden ser los de Hevia (H), Wartelet (W), Almirante (A) o Bacardí (B), habiéndose también hecho uso de otros específicos de términos heráldicos, numismáticos y de joyería de uso común en la descripción de las condecoraciones.
Varias palabras, así como algunos vocablos que podíamos denominar argot falerístico, (f) han sido propuestos a través del Foro español del coleccionismo militar (FECOM) y otros coleccionistas.

HEVIA, Deogracias. Diccionario general militar de voces antiguas y modernas. Imprenta y estereotipia de M. Rivadeneyra. Madrid, 1857. WARTELET, Jorge d’ (J. D’W. M.). Diccionario militar. Imprenta de Luis Palacios. Madrid, 1863. ALMIRANTE, José. Diccionario militar, etimológico, histórico, tecnológico. Imprenta y litografía del Depósito de la Guerra. Madrid, 1869. BACARDÍ, Alejandro de. Diccionario de legislación militar. Repertorio general y completo de legislación militar. Barcelona, 1885. Además pueden consultarse: MUÑIZ TERRONES, José. Diccionario de legislación militar. Segunda edición. Cádiz, 1885. MUÑOZ CUELLAR, Miguel. Diccionario Legislativo Militar. Imprenta de Gabriel López del Horno. Madrid [1907].
ALFARO ASINS et al. Diccionario de numismática. Ministerio de Cultura, 2009 (t). CADENAS Y VICENT, Vicente. Diccionario heráldico. Ediciones Hidalguía. Madrid, 1988 (h). GONZÁLEZ DORIA, Fernando. Diccionario heráldico y nobiliario de los reinos de España. Editorial Bitácora, S.A. Madrid, 1987. MONTELLS Y GALÁN, José María de. Diccionario de Órdenes de Caballería y Corporaciones Nobiliarias. Ediciones de la Academia de Genealogía, Nobleza y Armas. Madrid, 1994. RIGALT Y NICOLÁS, Bruno. Diccionario histórico de las Órdenes de Caballería religiosas, civiles y militares de todas las naciones del mundo. Est. Tipográfico de Narciso Ramírez. Barcelona, 1858. JIMÉNEZ PRIEGO. María Teresa. Diccionario ilustrado de la joyería. Asociación Cultural y Científica Iberoamericana (ACCI), Madrid, 2018. Guía para diseñadores y prescriptores de joyería. Centro Tecnológico Andaluz del Diseño, 2009 (g).
LASLO, Alexander J.: A glossary of terms used in phaleristics: the science, study, and collecting of the insignia of orders, decorations, and medals. Dorado Publishing, Alburquerque, 1995.

Voy a ir incluyendo en sucesivas entradas los términos ya incorporados, esperando como siempre, cualquier comentario, corrección o contribución que permitan mejorarlo

BAJO RELIEVE
(t) Relieve en el que las diferentes formas sobresalientes, que se adhieren o no a un fondo plano, convexo o cóncavo, representan menos de la mitad del volumen real de un cuerpo o de un objeto.

BANDA
Cinta ancha y de colores determinados, que se coloca terciada en el pecho, del hombro derecho al costado izquierdo, que usan los caballeros o damas grandes cruces; sus caídas forman un lazo, del que pende la venera que corresponda.
(h) Pieza que atraviesa diagonalmente el escudo, partiendo de su ángulo derecho superior al ángulo izquierdo inferior y su ancho es un tercio del escudo.

BANDEJA
Recipiente de metal o de otra materia, para presentar o depositar cosas.
(t) Plancha de cartón, madera, plástico u otro material con alveolos de distintos tamaños para almacenar las monedas o medallas.

BANDERA
Tela de forma comúnmente rectangular, que se asegura por uno de sus lados a un asta o a una driza y se emplea como enseña o señal de una nación, una ciudad o una institución.
Insignia de una unidad militar que lleva incluido un símbolo o distintivo que le es propio.

BANDÍN
(h) Banda corta que los condecorados llevan en lugar de la banda en dirección menos inclinada y en actos menos solemnes.

BAÑADO
(t) Revestimiento de un objeto por inmersión en un líquido, formando una fina película en su superficie.

BAÑO
Barniz, capa superficial.
Tratamiento que puede darse a las condecoraciones y que condiciona su acabado final: decapado, desengrasado electrolítico, desengrasado ultrasónico, níquel brillante, chapado de oro o plata.

BARRA
(h) Pieza que atraviesa diagonalmente el escudo, del ángulo izquierdo superior al ángulo derecho inferior.

BENEMÉRITO
Digno de galardón.
Digno de gran estimación por los servicios que ha prestado.
(W) Título honorífico que se da al militar de cualquiera graduación que ha prestado servicios de importancia a la patria.

BIBLIOGRAFÍA
Relación o catálogo de libros o escritos referentes a una materia determinada.
Relación de textos, procedentes de diversos soportes, utilizados como fuente documental.

BISAGRA
Pieza formada por dos elementos articulados entre sí, con que se sujetan dos piezas o dos partes de una cosa, que, a su vez, deben ir articuladas.

BOLA
Cuerpo esférico de cualquier materia.
Remate o adorno de forma esférica que permite el paso de una anilla, situado en la parte superior de una condecoración.

BOLLO
(f) Abultamiento en una de las caras de la medalla, por golpe o presión hecha en la cara opuesta.

BORDADO
Labor de adorno hecha con diversidad de puntos, y formando dibujos, a veces en colores, a veces combinando los hilos, que ocasionalmente llevan las cintas de las condecoraciones y corbatas, entre otros.
Bordado a canutillo. El que se hace con hilos de oro o plata rizado formando canutillo.
Bordado a realce. El hecho con relleno, de modo que tiene relieve acusado.

BORDADURA
Labor de relieve ejecutada en tela o piel con aguja y diversas clases de hilo.

BORDAR
Adornar con bordaduras una tela u otra materia.

BORDE
Véase canto.
(f) En las cintas de condecoraciones, el extremo u orilla de las mismas.

BORDURA
Dibujo que rodea el escudo.
(h) Pieza que rodea el campo del escudo por su interior y que tiene por ancho la sexta parte del mismo.

BORLA
Conjunto de hebras, hilos o cordoncillos que, sujetos y reunidos por su mitad o por uno de sus cabos en una especie de botón y sueltos por el otro o por ambos, penden en forma de cilindro o se esparcen en forma de media bola.
(W) Especie de botón o cabeza de bellota, hecha de estambre, seda, plata u oro, del que pende un fleco de la misma materia en figura de campañilla, y sirve para adornar el sombrero, la espada, las gorras de los militares.

BOTÓN DE SOLAPA
Miniatura de condecoraciones cuyo sistema de sujeción permite prenderla en el ojal de las prendas de vestir.

BRAZO
En una cruz, mitad de cada palo, o cada una de las partes que la conforman.
Ramificación de la caña de un ancla de cepo.

BRILLANTE
Diamante tallado.

BRONCE
Aleación de cobre con estaño y a veces con adición de zinc o algún otro cuerpo, de color amarillento rojizo y muy tenaz.
(t) Aleación de cobre y estaño, en proporciones variables, considerada más adecuada para las acuñaciones que el cobre puro. A veces también se alea con plomo, aluminio, níquel o cinc.
(W) Aleación compuesta de cobre y estaño.

BRUÑIDO
(t) Técnica de acabado y de decoración de la superficie de un material o un objeto por métodos manuales o mecánicos para dar un aspecto compacto y brillante, así como una superficie lisa y reflectante principalmente a objetos metálicos.

BURIL
Punzón con que trabajan los grabadores.
(t) Instrumento de acero, de forma alargada y prismática y terminado en punta por un extremo, utilizado para grabar en hueco las matrices. Se manejaba solo o con ayuda de macetas, pequeños martillos de acero con mango de madera.

BUSTO
(h) Cabeza de hombre o de mujer con la parte superior del pecho y sin brazos que se suele colocar de frente. Caso contrario es preciso indicarlo.

ICONOGRAFÍA (XXXIII)

ANTONIO MASEDA BOUSO (1893-1989). Doctor en Derecho y Filosofía y Letras. Miembro de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación. Regi...