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Cruz a la Constancia en el Servicio para suboficiales

Hoy hace 64 años de la aprobacion de la Ley de 26 de diciembre de 1958, que creaba la Cruz a la Constancia en el Servicio para premiar la prolongada permanencia del personal de suboficiales y asimilados en los Ejércitos de Tierra, Mar y Aire y que se deroga en 1994 al aprobarse un nuevo Reglamento de la Real y Militar Orden de San Hermenegildo que permitía el acceo de los suboficiales a la orden.
Tenía las categorías de Cruz sin pensión, Cruz pensionada y aumento de pensión.
La Cruz sin pensión se obtenía al alcanzar veinte años de servicio en cualquiera de los tres Ejércitos; la Cruz pensionada, a los veinticinco años de iguales servicios, y el aumento de pensión, al alcanzar los treinta años, todos ellos contados a partir de la fecha de ingreso en el servicio, sirviendo para el cómputo de este tiempo los abonos de campaña, descontándose, en su caso, el tiempo permanecido en las situaciones de disponible voluntario, supernumerario y procesado, así como el de suspensión de empleo y el de pérdida de tiempo para el servicio.
La cruz sin pensión es de metal dorado con cuatro brazos de esmalte blanco perfilados de aquel metal. El brazo superior lleva una corona análoga a la del emblema del Ejército, con anilla para la cinta. En el centro de la cruz hay un círculo de esmalte azul, y sobre él, la espada del emblema del Ejército en color rojo. Este círculo se hallará circundado por una corona anular de color dorado, en la que va inscrito un lema que diga en su parte superior CONSTANCIA MILITAR, y en la inferior SUBOFICIAL, ambas leídas de izquierda a derecha. La cinta de la que pende está dividida en tres partes iguales, siendo de color amarillo tostado la central y blancas las otras dos.
La cruz pensionada es como la anterior, pero llevando en sus brazos una franja de esmalte dorado, situada transversalmente a cada uno en el centro del mismo.
En 1959 se concede su uso al personal de suboficiales de las Fuerzas de Policía Armada y de Tráfico, en 1963 al personal auxiliar civil funcionario, al del Cuerpo Auxiliar de Servicio Técnico de Taller del Ejército del Aire y al personal del Cuerpo de Conserjes-Porteros del mismo y en 1965 a los Mozos de Escuadra de primera de la Diputación Provincial de Barcelona.
El reglamento de 1986, sólo contemplaba un modelo único de cruz a conceder a los veinte años de servicio habiendo una primera mejora de pensión a los veinticinco años de servicio y una segunda mejora de pensión a los treinta.

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