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lunes, 23 de junio de 2025

Medalla de la DANA. Otra ocasión perdida

El Real Decreto 275/2025, de 8 de abril, crea la medalla conmemorativa de las operaciones con motivo de la DANA 2024, para reconocer al personal de las Fuerzas Armadas y personal civil adscrito al Ministerio de Defensa que ha intervenido para paliar las consecuencias de la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA), que impactó el día 28 de octubre de 2024, principalmente en el tercio este peninsular, provocando precipitaciones generalizadas en la Península y Baleares, con especial intensidad en la Comunitat Valenciana y en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
La Orden Ministerial 18/2025, de 18 de junio, determina los requisitos y procedimiento de concesión, anotación y descripción de la medalla conmemorativa de las operaciones con motivo de la «DANA 2024».
Tiene derecho a la concesión de la medalla, de carácter honorífico, el personal militar y civil adscrito al Ministerio de Defensa que haya participado en el marco de dichas operaciones entre el 28 octubre de 2024 y el 27 de marzo de 2025, de alguna de las siguientes formas:
a) Desplazados a las zonas de la emergencia, entendida como aquella participación que se realiza fuera de la Unidad, Centro u Organismo de pertenencia, con el fin de trabajar en la resolución de la emergencia o en apoyo directo a los elementos desplegados, y con una duración mínima de cinco días consecutivos o diez discontinuos.
b) En la Base de la Unidad, Centro u Organismo de pertenencia, entendida como aquella participación en la operación que se realiza sin desplazarse a las zonas de la emergencia, con el fin de trabajar en la coordinación, apoyo o asesoramiento a los intervinientes, durante, al menos, quince días, indiferentemente contabilizados de forma continua o discontinua.
Por día se entenderá la duración de una jornada laboral.
Para la concesión de la referida medalla deberá haberse observado durante su participación en las operaciones con motivo de la DANA 2024 recta conducta, entendida como aquella que se ajusta a los a los principios éticos y reglas de comportamiento del militar establecidos en las Reales Ordenanzas para las Fuerzas Armadas.
La medalla se concederá una sola vez, con independencia de si una misma persona reuniera las condiciones establecidas para distintas formas de concesión o acreditara diferentes periodos temporales que individualmente considerados pudieran justificar el reconocimiento.
La condecoración de la medalla conmemorativa de las operaciones con motivo de la «DANA 2024», tendrá las siguientes características:
a) Medalla de forma circular, de 32 milímetros de diámetro.
b) Por su anverso y en su centro, dos manos entrelazadas y en altorrelieve, con el lema, dorado, «Fuerzas Armadas» en la parte inferior del círculo.
c) En su reverso, liso, en letras negras llevará la leyenda: «OPERACIÓN INUNDACIONES».
d) La cinta de la que se ha de llevar pendiente la medalla será de 30 milímetros de ancho y 30 milímetros de largo, cuyo color preponderante es el amarillo con dos listas de color negro a ambos lados. La cinta irá unida a un pasador hebilla de color dorado de 35 milímetros de longitud y de 12 milímetros de ancho, que posibilite pasar la cinta por su interior y con un alfiler imperdible como cierre en su parte posterior.


Indicamos lo de la ocasión perdida, a la vista del diseño simple, infantil y carente de cualquier gusto artístico, para haber podido, por ejemplo, convocar un concurso para elegir el modelo, donde pudieran tomar parte en él, las casas constructoras y artistas españoles que lo desearan, de forma que el ganador, en el primer caso pudiera concederse la concesión de la exclusiva en la construcción de la medalla y caso del particular, algún tipo de premio o reconocimiento. De esta forma podría implicarse incluso a la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre para la elaboración de un diseño alusivo que incluso siendo contemporáneo pudiera ser atractivo, una verdadera obra de arte, confeccionado por sus grabadores. Además permitiría incorporar nuevas técnicas y diferentes terminaciones como brillo espejo, mate, o patinada, o combinar en la misma pieza las dos primeras.
También podría extenderse el derecho al uso de estas medallas conmemroativas a otros colectivos no adscritos al Ministerio de Defensa, que al quedar excluidos generan malestar.

jueves, 19 de junio de 2025

Cruz de María Isabel Luisa

Hace 192 años que el Real decreto de 19 de junio de 1833 creó, en favor de las clases de tropa de todo el Ejército y Armada una condecoración especial por la jura de la augusta Princesa, que llevaría el nombre de María Isabel Luisa.
Se trata de una Cruz de plata compuesta de cuatro brazos curvilíneos que forman en sus extremos un ángulo entrante, y concurren en un centro ovalado en el que están en cifra las tres letras M. I. L. iniciales de María Isabel Luisa; sobre el brazo superior tiene una corona real, y de su extremo sale una anilla para usarla pendiente de una cinta azul celeste.
En un primer momento se concedió la cruz a 96 soldados, sargentos primeros y segundos, cabos primeros y segundos y tambores de los batallones de la Guardia Real de Infantería, de la Guardia Real provincial, de la Infantería de línea y ligera, de la Artillería, del Regimiento Real de zapadores-minadores-pontoneros, de las milicias provinciales, de los voluntarios Realistas y del Real Cuerpo de Artillería de Marina, e igual número por cada regimiento de caballería de línea o ligera de la Guardia Real y del resto de la misma arma del Ejército.
Por Real decreto de 14 de julio de 1837 se determina que para acciones de guerra se conceda a las clases de tropa la Cruz de María Isabel Luisa.
Por Real orden de 19 de marzo de 1839 se esablece que todos los individuos de la clase de tropa del Ejército, Armada, Milicia Nacional o paisanos que hubieren obtenido u obtuvieren en adelante la cruz sencilla o pensionada de María Isabel Luisa, cambiaran, cuando asciendan a la clase de oficiales dicha cruz de plata por otra enteramente igual de oro o dorada.
El Decreto de 9 de diciembre de 1868 hace extensiva la Orden del Mérito militar a las clases de tropa de las diferentes armas e institutos del ejército, creando la cruz de plata de la misma, y suprimiendo la de María Isabel Luisa.


martes, 10 de junio de 2025

Medalla de la Guerra Civil 1873-1874

Hace 149 años, la Real Orden circular de 5 de junio de 1876 crea una medalla para premiar los servicios prestados en los años 1873 y, 1874, con los pasadores que expresa.
Se crea una nueva medalla para recompensar los servicios prestados por el ejército de Cataluña en el levantamiento del sitio de Puigcerdá, riñendo las acciones del puente de Guardiola y batalla de Castelar de Nuch, con dos pasadores que conmemoren los dos hechos de armas mencionados; los que prestó igualmente el ejército del Norte en la liberación de Tolosa el día nueve de diciembre de mil ochocientos setenta y tres, con un pasador que conmemore la importante batalla de Velavieta, ganada a los carlistas el citado día; los que el ejército del Norte llevó a cabo, frente a Estella, los días veintiséis y veintisiete de junio de mil ochocientos setenta y cuatro, con el pasador de Muru; los prestados por el mismo ejército en la gloriosa batalla de Irún, que libró también a aquella plaza del asedio enemigo, con otro pasador; los prestados por los defensores de Hernani, Irún y Guetaria, durante sus empeñados asedios, también con un pasador para cada uno de éstos, que conmemore las importantes acciones en ellos llevadas a cabo; y, por último, los prestados en mil ochocientos setenta y tres y mil ochocientos setenta y cuatro por el Ejército, en la represión de la insurrección cantonal, con los pasadores de Cartagena, Sevilla y Valencia, que usarán, respectivamente, los que pertenecieron a los ejércitos que tomaron las expresadas plazas, o frente de ellas combatieron.
El modelo se da a conocer por Real Orden circular de 13 de junio de 1876.
La medalla es de plata y de metal blanco para las clases de tropa, de forma circular y 35 milímetros de diámetro, con un botón en la parte superior por el que pasa una anilla prolongada donde está la cinta. En el anverso lleva el busto del Rey Alfonso XII y la inscripción ALFONSO XII A LOS EJÉRCITOS VENCEDORES DE LOS CARLISTAS Y DEFENSORES DEL ORDEN SOCIAL EN 1873 Y 1874. En el reverso una orla circular de laurel, abierta por la parte superior para dejar sitio a la corona real; y en el centro de la orla en tres líneas horizontales se lee VALOR, DISCIPLINA, LEALTAD.
La cinta es roja con una lista amarilla en el centro de cinco milímetros de ancho.
Los pasadores son del mismo metal que la medalla, de 3 milímetros de anchura, y se colocan horizontalmente sobre la cinta, dejando entre uno y otro 2 milímetros de distancia.
Para tener derecho a la medalla de la «Guerra civil de 1873 y 1874», era preciso, durante dicho período, llenar uno de los tres requisitos siguientes:
1.º Llevar un año de operaciones o de guarnición en plazas fuertes, etc., enclavadas en territorio de la guerra y al frente del enemigo, que hubiesen sido bloqueadas o sostenido fuego con él.
2.º Contar seis meses de operaciones o guarnición en la forma expresada, habiendo asistido, además, a tres acciones de guerra.
3.º Haber sido herido.
Los hechos de armas que se expresan en dicho real decreto, se consignarán en pasadores que llevarán las siguientes inscripciones: SEVILLA, VALENCIA, CARTAGENA, VELAVIETA, MURU, PUENTE DE GUARDIOLA, CASTELLAR DE NUCH, SAN MARCOS Y SAN MARCIAL, HERNANI, IRÚN y GUETARIA. Posteriormente se añaden los de VELAVIETA, CANTABRIA, CÁDIZ, CARRACA, MEDITERRÁNEO, SARRIÁ y ARÉS DEL MAESTRE.

viernes, 6 de junio de 2025

Los personajes condecorados del Museo del Ejército (y 2)

Hace unos meses hacíamos algunos comentarios acerca de este libro de Fernando Yuste Romero en: https://faleristicadecoleccionesmilitares.blogspot.com/2024/09/novedades-biliograficas-los-personajes.html
Todas ellas y algunas más se han recogido en un informe elaborado por el Grupo de Falerísitica de la Real Academia Matritense de Heráldica y Genealogía.
En este informe se analiza la obra citada, un trabajo de investigación y catalogación en materia de Falerística centrado en el estudio de las condecoraciones de los personajes históricos presentes en la colección de retratos obrante en los fondos del Museo del Ejército español, trabajo que pudiera resultar de referencia para el conocimiento de la materia de no ser por una serie de defectos e inexactitudes en los materiales aportados.
Parte de la necesidad de un especial rigor al tratar de las condecoraciones y su identificación, deteniéndose en los diversos aspectos de la obra que requieren de revisión y mejora, aportando ejemplos concretos de los mismos, con el ánimo de facilitar su subsanación en una próxima edición que permita que este libro pueda convertirse efectivamente en un referente en la materia.

Informe

lunes, 2 de junio de 2025

Orden civil de Alfonso XII

El Real decreto de 23 de mayo de 1902, creaba una Orden civil denominada de Alfonso XII.
Se concedía por el Ministro de Instrucción Pública y Bellas Artes, en premio de eminentes servicios prestados a la instrucción del país, creando, dotando o mejorando establecimientos de enseñanza; para recompensar a quienes se distingan en estudios diversos y en sus aplicaciones; a los que publiquen obras científicas, literarias o artísticas de reconocido valor, y a los que se señalen por haber contribuido al fomento de cuanto concierne al engrandecimiento y difusión de las ciencias, de las letras, de las artes y de sus aplicaciones prácticas.
Su reglamento se aprobó por Real Decreto de 21 de mayo del mismo año.
Constaba de las categorías siguientes: Caballeros grandes cruces, Comendadores de número, Comendadores ordinarios y Caballeros.
Las insignias de los caballeros grandes cruces eran una banda ancha de seda, de color violeta, terciada desde el hombro derecho al costado izquierdo, uniendo sus extremos un lazo de cinta estrecha de la misma clase, de la que penderá la cruz de la Orden, y la placa en el pecho.
Las de los comendadores de número consistían en el uso de la placa, en igual forma que las grandes cruces. Los comendadores ordinarios usaban en el pecho una cruz menor que la placa, pendiente de un rosetón de cinta del color de la banda.
Los caballeros usaban en el pecho la cruz sencilla, pendiente de una cinta del mismo color.
La placa de esta Orden representa un sol cuyos rayos se irán perdiendo, por un lado bajo una palma, y por el otro bajo una rama de laurel; en su centro un águila se remonta sobre las nubes, y debajo del disco solar se lee la inscripción ALTIORA PETO. En la parte superior de la placa y formando el extremo de la cruz, que diseñan cuatro haces de rayos más prolongados que los restantes, se ve la corona real con la cifra A. XII, y en el extremo inferior, que sirve de punto de unión a la palma y a la rama de laurel, vael escudo de España. El tono de sol, de oro encendido, cambia paulatinamente de color hasta aparecer en sus extremos con el de violeta. Las letras de la inscripción son blancas; la corona real y la cifra A. XII, de oro, y el escudo conserva los colores que en la heráldica tiene.
Ningún español podría pertenecer a una categoría de esta Orden, superior a la de caballero, sin haber sido agraciado con la inmediata inferior, siendo circunstancia indispensable que la haya disfrutado durante tres años por lo menos. Se exceptúa de esta disposición, en cuanto a la gran cruz se refiere, los que fueren o hubieren sido ministros de la Corona, presidentes de los Cuerpos Colegisladores, capitanes generales de Ejército o Armada, embajadores, grandes de España, tenientes generales, consejeros de Estado y de Instrucción Pública, presidentes de las reales academias, presidentes del Tribunal Supremo y del de Cuentas o subsecretario del Ministerio de Instrucción Pública y Bellas Artes.


Con misma finalidad que esta Orden, por Decreto de 11 de abril de 1939 (BOE número 106, del 16) se creó la Orden Civil de Alfonso X el Sabio.

Medalla de la DANA. Otra ocasión perdida

El Real Decreto 275/2025, de 8 de abril, crea la medalla conmemorativa de las operaciones con motivo de la DANA 2024, para reconocer al pers...