El Real Decreto 103/2025, de 18 de febrero, crea la Orden del Mérito a la Seguridad del Ministerio del Interior. Se trata de una nueva (e innecesaria) condecoración civil, pues recordemos las ya creadas que premiten premiar los mismos méritos de forma directa o indirecta: ORDEN DEL MÉRITO POLICIAL, ORDEN DEL MÉRITO DE LA GUARDIA CIVIL, ORDEN DEL MÉRITO MILITAR y ORDEN DEL MÉRITO CIVIL. Puede concederse a personas físicas en la modalidad de Cruz (Gran Cruz, Cruz de Oro y Cruz de Plata) y a personas jurídicas y a entidades sin personalidad jurídica en la modalidad de Placa. Podrá concederse a título póstumo. Siendo los méritos: la realización de actividades o acciones que redunden en la protección de la seguridad pública. la colaboración con las autoridades competentes en la dirección y coordinación de acciones para la protección de la seguridad pública. la participación en acciones de índole técnica, pedagógica, de investigación, económica o social que redundan en la protección de ...
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