Estaría integrada por los grados de Caballero y Comendador con los distintivos de «Gran Collar», «Gran Cruz», «Placa», «Cruz» y «Medalla».
El emblema fundamental eran cinco flechas en haz abierto y un Yugo apoyado sobre la intersección de las mismas, todo él en color rojo.
El reglamento que debía regir la anterior orden, aprobado por Decreto de 27 de enero de 1943, cambia su denominación a la de Orden Imperial del Yugo y las Flechas.
El emblema de la Orden era el de cinco flechas en haz abierto y un yugo apoyado sobre la intersección de las mismas, todo ello en color rojo y en forma de cruz. Su lema la frase evangélica CÆSARIS, CÆESARI, DEI DEO.
El Jefe del Estado era el Gran Maestre de la Orden, estando la Orden compuesta de las siguientes categorías: Caballeros Gran Collar, Caballeros Gran Cruz, Caballeros Encomienda con placa, Caballeros Encomienda sencilla y Caballeros Medalla.
GRAN COLLAR: Formado por la sucesión de las piezas siguientes a modo de eslabones: El yugo con cinco flechas superpuestas en su centro y abiertas en haz, en oro; a continuación, dos aspas de Borgoña formando cruz y encerradas en un aro de oro, las aspas esmaltadas en rojo; por este orden continuarán las piezas señaladas hasta un total de 46. De dos de las cruces de Borgoña y el centro del Collar penderá un águila imperial, sobre la que irá un yugo y flechas, y sobre el primero, la inscripción CÆSARIS, CÆESARI, DEI DEO.
GRAN CRUZ; Una banda de moaré de ciento un milímetros de ancho, de color rojo y con una franja negra de cuarenta y un milímetros en su centro. Dicha banda se ostentará terciada desde el hombro derecho al costado izquierdo, uniendo sus extremos un rosetón picado confeccionado con la misma cinta de la banda, y del cual penderá la Cruz de la Orden. Esta será de oro o metal dorado, en forma de cruz paté, con un aro del mismo metal en su centro, y sobre la intersección de sus aspas, el yugo y las flechas esmaltadas en rojo y con la misma inscripción citada para el Gran Collar. La Cruz tendrá un tamaño en sus aspas de cincuenta y ocho milímetros. En el lado izquierdo del pecho ostentará una Cruz de la Orden semejante a la descrita, cuyas aspas medirán setenta milímetros.
ENCOMIENDA CON PLACA: En el cuello una cinta de los mismos colores que la correspondiente a la Gran Cruz, de treinta y cinco milímetros de ancho, y se llevará pendiente del cuello. Pendiente del centro de la cinta irá la Cruz de la Orden, del mismo tamaño y características que la venera de la banda de las Grandes Cruces. En el lado izquierdo del pecho ostentarán una Cruz del mismo tamaño y características que los Caballeros con Gran Cruz y con la diferencia de que el fondo del círculo será en plata o plateado.
ENCOMIENDA SENCILLA: las mismas insignias que los poseedores de Encomienda con placa, excepto esta última.
MEDALLA: Pendiente de una cinta de treinta y cuatro milímetros de ancho, que se llevará prendida en el lado izquierdo del pecho por un pasador-hebilla de metal dorado, penderá una medalla de oro o dorada de cuarenta y dos milímetros de diámetro, con la cruz paté esmaltada en negro en el anverso y reverso, figurando en el primero el yugo y las flechas en la forma y con la inscripción descrita para las demás condecoraciones de la Orden.
La Ley 20/2022, de 19 de octubre, de Memoria Democrática, suprimió esta Orden.
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