La Orden general de 3 de noviembre de 1943 establece sus Normas de concesión.
La Orden de 20 de enero de 1945 adopta el modelo oficial de la Medalla del Mérito Policial, parqa cuyo diseño se estableció un concurso público. El anverso representa el sacrificio por el servicio bajo la tutela del Ángel de la Guarda, con la leyenda: AL MÉRITO POLICIAL, y el reverso constituido por una espada, como símbolo de la Justicia, con el lema: SERVICIO-SACRIFICIO. Es de forma circular, de un diámetro de cuarenta milímetros, y pende de una cinta verde, con los colores nacionales en los bordes, y pasador de oro, plata o bronce, según su categoría. En la Medalla pensionada, la cinta estará dividida, en su sentido longitudinal, por una franja blanca.
La Ley 5/1964, de 29 de abril sobre condecoraciones policiales, mantiene las Medallas de Oro y Plata al Mérito Policial y establece una mayor precisión en las causas que pueden originar su concesión. La Medalla al Mérito Policial en su categoría de Bronce, se sustituye por la Cruz al Mérito Policial con distintivo rojo o blanco; aquélla para premiar los hechos distinguidos que impliquen acusado riesgo para quienes los realicen, y ésta, para premiar a quienes sobresalgan en el cumplimiento de sus deberes o en la realización de trabajos o estudios de carácter profesional; en todo caso, con prestigio para la corporación o utilidad para el servicio.
La Cruz al Mérito Policial constituye un octógono regular de ocho milímetros de lado y en el centro y sobre esmalte dorado campea una espada vertical, esmaltada en blanco y adornada de laurel. Los brazos, en su superficie interior estarán esmaltados en rojo o en blanco, según la clase, y en el centro y de izquierda a derecha se leerá: AL MÉRITO POLICIAL.
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