Su artículo 74 establecía lo siguiente:
Los mutilados de guerra constituirán el Benemérito Cuerpo de Mutilados de Guerra por la Patria, y tienen derecho al uso del título de Caballeros Mutilados de Guerra por la Patria.
Los pertenecientes al Cuerpo de Mutilados tendrían derecho al uso de uniforme del arma o cuerpo de procedencia, en actos o solemnidades y en cuantas ocasiones puedan requerir el decoroso empleo del mismo, compatible siempre con el brillo y esplendor que ha de acompañar necesariamente a su uso.
Los mutilados podrán llevar sobre el uniforme y en sus prendas de paisano el distintivo de Mutilados de Guerra por la Patria.
Unos días despues se convoca un concurso para el distintivo, que se resuelve en junio aprobando un diseño del coronel de infantería Manuel Delgado Brackembury, siendo sus características:
Medalla en forma de escudo, de tamaño normal en esta clase de condecoraciones. En el anverso campea un aspa dorada como emblema del Benemérito Cuerpo de Mutilados, trasunto del aspa roja de los heridos. En el centro, el nombre de FRANCO, y debajo, 18 DE JULIO DE 1936. En el exergo, la leyenda: MUTILADO DE GUERRA POR LA PATRIA. El reverso el escudo nacional de 1938, con el lema: UNA, GRANDE, LIBRE. La cinta de esta condecoración es la misma que la de Sufrimientos por la Patria, y en el pasador, que es de plata, podrá grabarse el nombre y la fecha de la acción en que el Caballero Mutilado sufrió la mutilación.
La Ley 15/1970, de 4 de agosto, General de recompensas de las Fuerzas Armadas, establece, entre otras de guerra, la Medalla de Caballero Mutilado de Guerra por la Patria, y entre las de paz, la Medalla de Mutilados.
La Ley 5/1976, de 11 de marzo (BOE número 63, del 13), de Mutilados de Guerra por la Patria establece dos aspectos importantes:
- Que los Caballeros Mutilados en Acto de Servicio tendrán derecho a la Medalla correspondiente, que diferirá de la de los de Guerra en el color de la cinta, y -que el personal femenino que pudiera estar comprendido en el ámbito de esta ley ostentará el título de «Dama Mutilada de guerra por la Patria» o de «Dama Mutilada en acto de servicio por la Patria»
El Decreto 712/1977, de 1 de abril establece los diseños de los nuevos distintivos, que ya no medallas, perdiendo la cinta:
Estará constituido por un escudo rectangular de superficie abombada, de 30 milímetros de anchura y 40 milímetros de altura, siendo su lado inferior ligeramente redondeado y terminado en punta, con las dos variantes siguientes:
- para los Caballeros Mutilados de Guerra, el fondo será de color azul oscuro, figurando en la parte superior del interior el aspa dorada, como emblema del Benemérito Cuerpo de Mutilados de Guerra por la Patria, trasunto del aspa roja de los heridos, y con la misma leyenda de la Medalla de Mutilados de Guerra por la Patria. Tendrá un borde dorado de cuatro milímetros, en el que figurará la leyenda MUTILADO DE GUERRA POR LA PATRIA.
- para los mutilados en acto de servicio, el fondo será de color verde claro, figurando en su interior el aspa dorada como emblema del Benemérito Cuerpo. Tendrá un borde dorado de cuatro milímetros, en el que figurara la leyenda MUTILADO POR LA PATRIA EN ACTO DE SERVICIO.
Web
Bonita medalla es una de mis favoritas
ResponderEliminarGracias. Pueden verse varios modelos en el enlace "Web".
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